El pleno del Consell ha aprobado hoy el nuevo decreto que regula la libre elección en Atención Primaria y Especializada, que supondrá elegir en Primaria cualquier centro de salud de los existentes en el departamento asignado por domicilio de empadronamiento.

Por motivos familiares, sociales o laborales se podrá elegir en Atención Primaria centro y profesional de un departamento diferente al asignado.

Según el decreto, se permitirá que el usuario elija tanto médico especialista como servicio de especialidades de cualquier departamento de salud.

Según Sanidad, con el nuevo decreto se amplían los derechos de los ciudadanos en la libre elección de profesional y centro sanitario, se da respuesta a las actuales necesidades en salud detectadas de los usuarios y pacientes, y se favorece la participación activa en la elección del profesional sanitario que les va orientar en todos los temas relacionados con su salud.

En el ámbito de la atención primaria, los usuarios y pacientes de la Comunitat Valenciana podrán elegir cualquier centro de salud de los existentes en el departamento de salud que tengan asignado por domicilio de empadronamiento, sin que sea necesario que se encuentren en la zona básica de salud que les correspondía, como ocurría con el anterior decreto.

Tampoco habrá restricción alguna, en cuanto a la elección de médico de familia y pediatra, podrán elegirse cualquiera de los existentes en el departamento de salud correspondiente a su domicilio de empadronamiento. Además, por primera vez el usuario o paciente, podrá elegir a los profesionales de la enfermería.

Otra de las novedades que incluye el decreto, es que se podrá elegir, en el ámbito de la atención primaria, centro de salud y profesionales sanitarios de un departamento de salud diferente al que el usuario o paciente tiene asignado.

Esto lo podrá realizar cuando mediante una declaración responsable manifieste que se reside por periodos superiores a seis meses en un domicilio diferente al que figura en su certificado de empadronamiento por motivos familiares o sociales, o bien que se acredite que el centro de salud que desea elegir está próximo al domicilio del centro de trabajo.

En el ámbito de atención especializada, las novedades más importantes que aporta el decreto, son, por un lado, la ampliación de las especialidades objeto de elección.

Con la normativa anterior, se podía elegir entre 12 especialidades, quedando excluidas el resto. Además, la elección se restringía al ámbito de los médicos especialistas que figuraban en el departamento de salud que el usuario o paciente tenía asignado.

Con la aprobación de este decreto, se permite que el usuario o paciente elija tanto médico especialista como servicio de especialidades de cualquier departamento de salud.

Para ello, previamente el médico de atención primaria o cualquier otro especialista del Sistema Valenciano de Salud, le habrá indicado la necesidad de acudir a un especialista.

Otra de las novedades que incluye el decreto, es que se crea un registro autonómico de libre elección en el ámbito de atención primaria y especializada, que permitirá a la administración sanitaria conocer las preferencias asistenciales de los usuarios y pacientes al destacar los centros y servicios más demandados, así como favorecer la participación en la estructura del Sistema Valenciano de Salud a los profesionales sanitarios-

Esto permitirá a la Administración planificar y distribuir los recursos sanitarios y asistenciales acorde a la actividad realizada en cada una de las estructuras sanitarias, según Sanidad.

Así mismo, se regulan las situaciones de desplazamientos temporales de los usuarios y pacientes del Sistema Valenciano de Salud a un municipio diferente al que reside habitualmente, por un periodo inferior a seis meses, que requieran de asistencia sanitaria.

En estos casos, bastará con que comunique dicha situación al centro de salud próximo al domicilio donde vaya a residir esporádicamente