Un juzgado de València ha desestimado el recurso de Rent Alia, una plataforma de alquiler de apartamentos turísticos, que solicitaba la anulación de la multa de 30.000 euros que la Agencia Valenciana de Turismo le había impuesto por no solicitar a sus viviendas anunciadas el número de registro, que garantiza que operen de forma legal.

Es el segundo recurso que la AVT gana, después de que en noviembre del 2017 también se aprobase su actuación ante la firma Homeway. De hecho, aquella sentencia ha sido utilizada para resolver algunas de las cuestiones planteadas por Rent Alia. En total, la Agencia Valenciana de Turismo ha abierto 19 expedientes sancionadores a diferentes plataformas de anuncios de viviendas turísticas por esta cuestión. De ellas, muchas no han prosperado porque la empresa inmediatamente exigió el número de registro, otras sí que fueron abonadas y algunas fueron recurridas para pedir la nulidad de la sanción.

La sentencia ahora dictada reconoce que la Administración autonómica tiene plenas competencias para sancionar cuestiones en materia de apartamentos turísticos, y añade que el número de registro debe figurar obligatoriamente en toda la publicidad de los apartamentos turísticos.