La jueza del juzgado de lo Social número 2 de Castellón ha declarado nulo el despido de una bióloga del Hospital Provincial que fue cesada, al igual que otros 16 trabajadores, el pasado mes de octubre. La magistrada Isabel Belinchón condena al Consorcio Hospitalario ahora a readmitirla y a abonarle, además, los salarios dejados de percibir. El Provincial tiene cinco días para recurrir la sentencia y desde la Generalitat afirmaron que «el servicio jurídico ya la está analizando».

Un fallo que podría causar precedente e incluso obligar al Hospital Provincial a tener que facilitar a todos los empleados cuyos contratos fueron rescindidos su regreso a sus puestos de trabajo. La magistrada, además, desacredita el informe sobre el que se basaron los despidos --elaborado por dos expertos de la UJI-- y dice incluso que cae en contradicciones. Un estudio «del que cabe dudar incluso sobre cuándo ha sido confeccionado», puesto que no fue facilitado en la mesa negociadora del 24 de octubre (día anterior a que se comunicara el cese), según consta en la sentencia.

ACUERDO antes del juicio // A este mazazo judicial se sumó ayer, además, el acuerdo alcanzado antes de la celebración del juicio de otros siete trabajadores del Hospital Provincial que también fueron despedidos en octubre. La Conselleria admitió en la puerta del juzgado de lo Social número 2 de Castellón que los despidos fueron improcedentes y aceptó readmitir o bien indemnizar a estos siete empleados, entre los que hay una farmacéutica, varios fisioterapeutas y optometristas.

El representante sindical de Sanidad de CCOO, Amalio Palacios, se mostró «muy satisfecho» con estos resultados judiciales «que dan la razón a los trabajadores injustamente despedidos».

«fraudulencia clara» // En el caso de la bióloga que ha ganado el juicio y que llegó a ser en el 2013 directora científica del biobanco, llevaba trabajando en el ente desde el 2010 y, de forma sistemática, se le fueron prorrogando los contratos temporales --no tenía plaza de funcionaria-- hasta en 13 ocasiones, siempre como temporal o como interina. En este sentido, la sentencia sostiene que «la fraudulencia en la contratación es clara porque la Administración no ha acreditado las causas temporales de los sucesivos contratos y que la relación laboral de la experta, que siempre ha ocupado la misma plaza, debe entenderse como indefinida, por lo que el despido por extinción de contrato temporal es improcedente».

Por otro lado, dice la jueza, «la parte demandada no ha acreditado qué razones de necesidad objetiva existían para amortizar la plaza de la bióloga, cuando había sido considerada como necesaria». El propio informe citado, por el que se basaron todos los despidos, incluso lo decía así, incurriendo en contradicciones.

La empleada interpuso una demanda judicial para reconocimiento de derechos (pedía ser fija o indefinida) en septiembre y pensó que su despido pudo responder a una «represalia».