Los notarios de la provincia de Castellón pueden divorciar ya a algunas parejas en virtud de la ley de Jurisdicción Voluntaria, aprobada por el Congreso de los Diputados. Y es que la ley entró en vigor la semana pasada, 20 días después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el día 3 de julio.

Eso sí, Antonio Esteban, presidente del colegio de abogados, matiza que solo podrán acogerse a esta opción las rupturas de mutuo acuerdo y siempre que no haya hijos menores o discapacitados de por medio, casos en los que tendrá que intervenir el fiscal. 500 rupturas en la provincia podrían cumplir estas condiciones. El Consejo General del Notariado apunta que esto supondrá un ahorro económico y de plazos, ya que actualmente la tramitación se alarga de 6 meses a un año. En total, habrá que pagar 95 euros de tasa.

El portavoz de la Unión de Consumidores, Juan Carlos Insa, explica que el divorcio ante notario supondría un menor coste, aunque se muestra cauto, ya que “salvo que se trate de una pareja muy bien avenida debería intervenir algún letrado, porque siempre habrá algún patrimonio en común y cada miembro velará por sus propios intereses”. “Aunque sea una ruptura pacífica, las partes irán con abogado, con lo que habrá que sumar los honorarios del letrado y los aranceles del notario”, indica Esteban. Un divorcio exprés puede salir por 200 euros mínimo, ya que hay libertad de honorarios y las parejas pueden compartir letrado si lo desean.

La ley de Jurisdicción Voluntaria también habilita a los notarios a casar, aunque no podrán tramitar bodas hasta 2017.

Por ello, el presidente del Colegio de Notarios de Castellón, José Vicente Malo, explica que “el impacto inicial de esta novedad será reducido, al tener que instruirse los expedientes matrimoniales en el juzgado necesariamente”. La ley establece que los expedientes matrimoniales deberán ser instruidos por los jueces hasta 2017. En Castellón, el colapso que sufre el registro civil ha situado la espera para casarse en seis meses, debido al incremento en el número de expedientes, a la falta de funcionarios y a que el registro civil no tiene un juez titular independiente, como ocurre en otras provincias, sino que depende del juez que lleva el juzgado nº5.

No obstante, Insa critica la ley porque abre la vía a que el Estado deje de prestar servicios públicos esenciales. Por su parte, Malo explica que la nueva norma pretende descongestionar los juzgados y agilizar los asuntos. H