El Tribunal Supremo ha admitido el visado solicitado por el ciudadano marroquí Brahim El Moudden para la reagrupación familiar en Castellón con su hijo, al entender que contaba con la “decisión favorable” de la Subdelegación del Gobierno en Castellón, frente a la denegación del Consulado General de España en Casablanca. El juez entiende que el consulado “excedió el ámbito de su competencia” al denegar el visado, ya que previamente ya existía una autorización. H