La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Castellón ha desestimado los recursos del exconcejal del PP de Burriana Francisco Isach y del Ministerio Fiscal y ratifica la condena de 10 años de inhabilitación contra el primero por un delito de prevaricación administrativa por el caso de la condonación de los enganches de grúa a diversos vecinos del municipio, que se remonta a más de una década. Los hechos probados corresponden a devoluciones de vehículos sin el abono de las correspondientes tasas de enganche entre febrero del 2005 y agosto del 2007, años en los que Isach fue edil de Policía del Ayuntamiento de Burriana. Unos trabajos que, sin embargo, el consistorio sí tuvo que abonar a la firma concesionaria de realizar dichas retiradas de automóviles.

El proceso se abrió como consecuencia de una denuncia de la portavoz de Cibur, Mariola Aguilera, pero acabó la fase de instrucción con el archivo de la causa en el año 2010. No obstante, la acusación popular que representaba la propia Aguilera recurrió esta decisión a la Audiencia Provincial de Castellón, que dejó sin efecto el sobreseimiento provisional decretado anteriormente.

A partir de ahí el proceso se dilató y no fue hasta diciembre del 2015 cuando cogió impulso con la toma de declaraciones a varios concejales. Se trata de unas citaciones que se prolongaron en el tiempo durante el primer trimestre del 2016 hasta que, finalmente, el 22 de junio del 2016, el Juzgado de lo Penal de Castellón dictó sentencia condenatoria contra Isach como «autor penalmente responsable por delito de prevaricación administrativa» a la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público y ejercicio del derecho de sufragio pasivo (ser candidato electo) durante 10 años, así como al pago de las costas procesales.

La defensa de Isach y el Ministerio Fiscal recurrieron, pero la Audiencia ha ratificado el fallo.

Por otra parte, a pesar de la condena y de que así lo reclamó la acusación popular, el exedil no deberá abonar los 1.800 € condonados y que sí pagó el Ayuntamiento a la concesionaria del servicio de retirada de vehículos con grúa. El motivo es que el consistorio no solicitó en junio del 2016 (fecha de sentencia) que fuese resarcido del daño causado a las arcas municipales.