El Consell Valencià de Cultura (CVC), con fecha de 29 de mayo, aprobó el expediente declarativo de Bien de Interés Cultural (BIC) del conjunto histórico de Burriana, afectado por la resolución de 13 de abril del 2007 de la dirección de Patrimonio Cultural y elaborado desde la Conselleria de Cultura.

Se trata de un BIC de la categoría A (bienes con expediente incoado antes de la Ley 4/1998, a inscribir en la Sección Primera). Las categorías B y C corresponden: en el primer caso (B), a bienes con declaración expresa durante el periodo de la Guerra Civil (1936-1939) y que posteriormente no fueran inscritos; y en el segundo (C), a los bienes que tenían expediente incoado en una categoría, pero que se adaptan mejor a una de las nuevas.

En cuanto al informe favorable en sí del Consell Valencià de Cultura, hace una serie de recomendaciones, como la necesaria información y asistencia técnica y administrativa al consistorio para elaborar los catálogos y el Plan Especial de Protección.

Además, se aconseja que en los BIC del entorno urbano --como es el caso de Burriana-- se tenga cuidado con el mobiliario urbano que pueda instalarse. En cualquier caso, se tendrá en cuenta que las intervenciones no afecten a los monumentos ni al paisaje urbano que lo rodea.

El informe en cuestión se remitirá a la dirección general de Patrimonio Cultural, la entidad peticionaria, así como también al Ayuntamiento de Burriana.

Hay que tener presente que hace unos meses el consistorio solicitó a la dirección general de Patrimonio que impulsase la declaración de Bien de Interés Cultural para todo el casco histórico de la localidad, como paso previo a la aprobación de un Plan Especial del casco antiguo.

LA DELIMITACIÓN Lo que se pretendía era declarar como BIC la zona históricoartística protegida a través del expediente incoado por el Ministerio de Cultura el 18 de febrero del año 1978, pero acotando el perímetro que se proponía en aquel expediente, puesto que resultaba para muchos un tanto exagerado, ya que en algunos casos se extendía hasta la calle Escorredor, por lo que siguiendo con el criterio de la dirección general de Patrimonio Cultural, se hizo coincidir la delimitación del BIC con la que tendrá el futuro Plan Especial.

Toda esta zona reflejada en el expediente recientemente aprobado quedará sujeta a las normas de protección que arbitra la Ley 16/1985 de 22 de junio de Patrimonio Histórico Artístico.