La empresa promotora del PAI Marina d’Or Golf ha recibido la sentencia dictada por el Tribunal Supremo el 2 de febrero de 2016, que se aparta del criterio que estableció este mismo Tribunal en otra sentencia (favorable aquella), dictada el año pasado. No obstante, las previsiones de desarrollo que contemplaba el Proyecto Marina d’Or Golf, se encuentran recogidas en las revisiones de los Planes Generales de Cabanes y Oropesa, cuya tramitación está muy avanzada, por lo que la empresa promotora sigue trabajando con la misma ilusión en este proyecto turístico que generará prosperidad a los municipios de Cabanes y Oropesa del Mar, y supondrá la definitiva consolidación turística de la provincia de Castellón también en los mercados internacionales.

La causa anulatoria no responde a ningún defecto en el proyecto redactado por el Agente Urbanizador, pues este dispone de 38 informes favorables de todas las administraciones afectadas, sino que se funda en un defecto en la tramitación administrativa no imputable a la empresa.