La Concejalía de Urbanismo del Ayuntamiento de Vinaròs ha hecho pública en la página web municipal la relación de edificios de más de 50 años que deberán efectuar el informe de evaluación del inmueble para garantizar que se encuentra en buenas condiciones de habitabilidad. En la ciudad hay un centenar de edificios construidos entre los años 1946 y 1955, ambos inclusive, casi todos en el mismo casco urbano, que están sometidos a la obligación de efectuar este informe de evaluación, una vez ha sido aprobada definitivamente la ordenanza municipal reguladora de la conservación y de la inspección para su emisión. La mayoría de estos inmuebles --un total de 61-- fueron levantados en 1950.

Desde el consistorio se ha informado a los propietarios de estas fincas que están sometidos a la obligación de efectuar este informe, que debe señalar el estado de la construcción y las actuaciones a realizar, si las hubiera, y que deben presentarlo al Ayuntamiento antes del 31 de diciembre.

Los sueños de toda edificación de antigüedad superior a 50 años deberán promover, al menos cada cinco años, una inspección, a cargo de un facultativo competente para supervisar su estado objetivo de conservación. Este profesional consignará los resultados de su revisión expidiendo un certificado que describa los desperfectos, sus posibles causas y las medidas a llevar a cabo. H