La Audiencia Nacional se ha declarado incompetente para tramitar las demandas presentadas por sindicatos por el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) en Radio Televisión Valenciana (RTVV), ya que argumenta que no afecta a centros de trabajo de fuera de la Comunidad Valenciana. Por ello, ha remitido el procedimiento al Tribunal Supremo (TS), para que despeje el conflicto de competencia.

Así consta en un auto con fecha de 22 de enero, notificado este jueves a las partes, contra el que cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días. La Audiencia debía de pronunciarse sobre la competencia para tramitar estas demandas, después de que el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) rechazara la pasada semana el recurso interpuesto por la dirección de RTVV contra la decisión de inhibirse en favor de la Audiencia Nacional por el tema de las demandas contra el ERE, y reiterase su incompetencia para juzgar las demandas colectivas.

El tribunal madrileño, tras estudiar todos los escritos, ha decidido declararse incompetente porque, aunque la entidad pública valenciana tiene sedes en Madrid y Barcelona, "se ha probado contundentemente que el despido colectivo afecta exclusivamente a trabajadores de los centros de la Comunitat" y, por tanto, no es competencia de la Audiencia Nacional, según la resolución del órgano central.

Asimismo, el organismo recuerda en su auto que correspondía a los sindicatos demandantes probar que entre los 1.198 despedidos figuraba alguno de Madrid o Barcelona, lo que no ha quedado acreditado. En esta línea, indica que se ha probado "de modo contundente" que en el informe técnico del ente, que se utilizó durante el periodo de consultas del ERE, se deja "perfectamente claro" que el despido solo afectará a los centros de trabajo de la autonomía.

Así, probado "contundentemente", a juicio de la Audiencia, que las empresas demandadas no han producido despidos fuera de la Comunidad con causa al despido colectivo, concluye "necesariamente" que los efectos del despido "se limitan a dicha comunidad", por lo que entiende que compete conocer sobre su impugnación a la sala de lo Social del TSJCV.

También señala que la carga de prueba de que se ha despedido a trabajadores fuera de la Comunidad correspondía a los demandantes, lo que "debería ser extremadamente fácil", puesto que "bastaría con la simple aportación de alguna carta de despido por su parte", sin que se haya realizado.

Por ello, la Audiencia Nacional se declara incompetente para tramitar el asunto y acuerda remitir las actuaciones al Tribunal Supremo, para que despeje el conflicto de competencia entre la sala valenciana y la de Madrid.

LA CAUSA

La causa está integrada por la dirección de RTVV y los sindicatos Intersindical, CCOO, UGT y CGT. Mientras que RTVV e Intersindical solicitaron que las demandas se estudiaran en el TSJCV, el resto de sindicatos en la causa preferían que se encargase la Audiencia.

De esta forma se pronunciaron estas entidades en una vistilla que tuvo lugar el pasado mes de diciembre en la Audiencia, que tenía por objeto escuchar todas las alegaciones para determinar qué órgano era el competente para tramitar el conflicto.

Esta vista se fijó como consecuencia del conflicto de competencia generado para instruir este procedimiento. Y es que CCOO y CGT presentaron, por su parte, sus correspondientes demandas ante la Audiencia, al considerar que los despidos podían extenderse a las sedes en otras autonomías; mientras que Intersindical y UGT interpusieron sus escritos por el mismo asunto en el tribunal valenciano.

Ante este conflicto, el TSJCV decidió remitir a la Audiencia las demandas colectivas, una decisión que recurrió el ente RTVV al alegar que los despidos se circunscriben únicamente al ámbito de la Comunidad. El tribunal valenciano tumbó este recurso.

Durante la vistilla, el tribunal, tras escuchar a todas las partes, acordó no pronunciarse hasta que el tribunal valenciano resolviera sobre el recurso interpuesto por el ente contra la inhibición a la Audiencia. Una vez se dictase resolución