Pedro Luis Izquierdo, en representación de Accionistas CDCS, asociación que ha promovido la celebración de la junta general extraordinaria de accionistas (convocada por el Juzgado de lo Mercantil), explicó ayer algunas de las particularidades de la ansiada asamblea, que tendrá lugar en la Cámara de Comercio a las 11.00 horas del 24 de marzo en primera convocatoria y un día más tarde (mismo sitio y horario), si hace falta, en la segunda.

Izquierdo, que ha sido designado también como presidente de la junta, hizo un llamamiento a la unidad. “Seré el presidente de la junta de todos los accionistas”, introdujo. “Estamos todos en el mismo barco. Se ha hecho un gran esfuerzo en este proceso, que ha durado siete meses”, dijo antes de manifestar que “nuestros únicos enemigos son Fernando Miralles y Castellnou2005”.

OJO CON EL QUÓRUM // Como información relevante, Izquierdo destacó que si bien la fecha prevista es la del 24 marzo, podría retrasarse 24 horas en caso de que no exista el quórum mínimo del 25% del accionariado en la primera convocatoria, como es preceptivo por ley. Es decir, que para poder celebrarse ese día, Miralles tendría que estar forzosamente, pues controla el 80% de los títulos del Castellón. Con todo, esa obligación desaparece en la segunda convocatoria.

El abogado aclaró que la asistencia será libre a todo aquel poseedor de un título (pese a no tener voz ni voto), aunque la mayoría del accionariado podría agarrarse a lo que dicen los estatutos del club, que piden un mínimo de cinco títulos. Izquierdo aclaró que el club (léase Miralles) no les han enseñado el listado de accionistas, con lo que pide que reclamen, en las oficinas de Castalia, el certificado de posesión de títulos para poder asistir a la junta general extraordinaria.

posibilidad de CAMBIOS // De igual forma, a partir de la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (todo apunta a que será hoy, después de que ya apareciera en la edición de ayer de Mediterráneo), habrá cinco días para que todo aquel que posea al menos un 5% de la propiedad de la SAD, esté en disposición de modificar el orden del día. H