El pleno del Tribunal Constitucional se ha reunido este miércoles para firmar la sentencia con la que ha anulado parcialmente la ley de consultas catalana y totalmente el decreto de convocatoria del 9-N. Los jueces han celebrado esta reunión extraordinaria convocada por el presidente del alto tribunal, Francisco Pérez de los Cobos, antes de que el próximo 1 de marzo venciera el plazo de los cinco meses de suspensión de ambas normas.

Fuentes del TC han informado de que los jueces han alcanzado un acuerdo para declarar inconstitucionales los artículos de la ley de consultas que permiten la celebración de referendos generales, en los que interviene el cuerpo electoral general, pero dan su visto bueno a la convocatoria de consultas sectoriales, en las que son convocados un colectivo de personas como pueden ser médicos, maestros o trabajadores autónomos.

En esta propuesta se disecciona, según estas fuentes, el concepto de carácter general y se explica que se debe aplicar a todas las cuestiones que afectan a la configuración y organización del Estado como puede ser una declaración de independencia o eliminar las provincias de una comunidad autonóma.

CONSULTA SECTORIALES PERMITIDAS

Por contra, los ponentes apoyan que el resto de la ley de consultas sea declarada legal. De ese modo, permiten que se celebren consultas sectoriales como, por ejemplo, si la sanidad ha de ser pública o privada. Por ello, el alto tribunal mantiene los artículos de la ley de consultas que organizan este tipo de consultas como, por ejemplo, los que regulan la firma de las convocatorias de las consultas y la comisión de control.

Estas ponencias han logrado la unanimidad de todos los jueces como ocurrió cuando el pasado mes de marzo se anuló la declaración soberanista del Parlament de Catalunya.

La ley de consultas y el decreto de convocatoria fueron suspendidos por el TC el pasado mes de septiembre durante cinco meses. Durante este periodo, los togados han trabajado con la intención de alcanzar un acuerdo y evitar así prorrogar la suspensión, como adelantó el Peródico el pasado 1 de febrero.

Las fuentes consultadas han informado de que en la reunión de esta mañana no se ha discutido la ley de consultas del Govern tripartito, que permite realizar consultas si cuentan con la autorización del Estado, aunque en un principio se iba a resolver en el mismo paquete.

En los últimos meses se ha constituido un grupo de trabajo en el TC presidido por Pérez de los Cobos e integrado por los magistrados Pedro García Trevijano (ponente de la ley de consultas), Juan Antonio Xiol (ponente del decreto de convocatoria), Adela Asúa (ponente de la convocatoria por la vía de hecho del 9-N) y Luis Ortega (ponente de la ley de consultas aprobada por el Gobierno tripartito) para sacar adelante estas sentencias. Las resoluciones de la ley de consultas y del decreto de convocatoria se harán públicas previsiblemente durante este miércoles.