El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes el fin de las tasas judiciales para las personas físicas que el PP aprobó al principio de la legislatura. Las empresas deberán seguir pagando impuestos para acceder a los tribunales. El ministro de Justicia, Rafael Catalá, ha anunciado en la rueda de prensa posterior al Consejo que la supresión de las tasas entrará en vigor de forma "inmediata" y en todos los órdenes para las personas individuales. Esto significa que dejarán de aplicarse en cuanto se apruebe el real decreto aprobado este viernes.

Todos los operadores judiciales y la oposición en pleno se opusieron al aumento de las tasas judiciales (ya el gobierno de Aznar las impuso en algunos órdenas). El Gobierno justifica ahora la marcha atrás con el argumento de que ha mejorado "la capacidad recaudadora" y pretende "acercarse" tanto a la sociedad como a los profesionales que se opusieron a la creación del impuesto.

El Ejecutivo ha aprobado además otras tres reformas legales necesarias, según Catalá, para dar "soluciones concretas" a los problemas de la justicia. Así, el Gabinete de Mariano Rajoy ha aprobado una reforma de la ley orgánica del poder judicial que busca introducir un paquete de medidas organizativas destinadas a agilizar la instrucción de los procedimientos, a través de una mayor especialización en los tribunales y un mejor reparto de asuntos.

Las medidas para agilizar los procedimientos

Para lograr esa agilización se introducen cuatro actuaciones concretas, según ha informado Justicia en una nota de prensa. En primer lugar, se potencia la posibilidad de extender la jurisdicción de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer a dos o más partidos judiciales, con el fin de buscar el correcto equilibro entre el mantenimiento de una proximidad razonable del juzgado respecto de la víctima y la respuesta especializada que exige el tratamiento de este tipo de procedimientos.

De esta forma se combate la sobrecarga que sufren en la actualidad muchos de los Juzgados de Instrucción o mixtos que reciben los asuntos de violencia de género. Esta posibilidad está ya prevista en la LOPJ vigente, pero exige una reforma de la Ley de Demarcación y Planta Judicial, lo que dificulta su desarrollo. Con la reforma, la extensión de la jurisdicción podrá acordarse por el Gobierno mediante real decreto, previa propuesta del Consejo General del Poder Judicial y con informe de las administraciones afectadas.

En segundo lugar, se posibilita alcanzar un mayor equilibrio de las cargas de trabajo en el caso de los órganos judiciales de ámbito provincial. Para ello, se prevé que las Salas de Gobierno puedan acordar las modificaciones precisas en las normas de reparto para equilibrar la distribución de asuntos en determinados juzgados.

En tercer lugar, se incluye un mecanismo que permitirá al Consejo especializar uno o varios órganos judiciales, de forma temporal, si así se determina en función del cúmulo de asuntos, para enjuiciar y resolver aquellas causas específicas que se determinen y que puedan ser tramitados por un mismo órgano judicial, lo que facilitará la unificación de criterios y la agilización en las resoluciones.

La última medida de este bloque está encaminada a facilitar la instrucción de las causas penales de especial complejidad. Para auxiliar al instructor y una vez que el juez lo haya solicitado al CGPJ, el órgano de gobierno de los jueces podrá acordar la adscripción al órgano instructor de uno o varios jueces o letrados de la Administración de Justicia (nueva denominación de los secretarios judiciales), con o sin relevación de funciones, para que bajo la dirección del titular del órgano que conozca de esa causa compleja, puedan realizar labores de colaboración, asistencia y asesoramiento, pero sin funciones jurisdiccionales.

La introdución de nuevas tecnologías

Asimismo, se ha aprobado un cambio de la ley de enjuiciamiento civil que permitirá la extensión del uso de las nuevas tecnologías en los tribunales. Así, todos los profesionales (abogados, procuradores, etc) deberán comunicarse telemáticamente con los juzgados a partir del 2016. Según Catalá, la medida ya ha sido consensuada con las Comunidades Autónomas.

Los particulares podrán comunicarse con los juzgados o bien por el procedimiento tradicional, o bien telemáticamente.