El magistrado del Tribunal Supremo Alberto Jorge Barreiro ha decidido este jueves imputar formalmente a los expresidentes andaluces José Antonio Griñán y Manuel Chaves al estimar que existen indicios de que pudieron incurrir en un delito de prevaricación en el 'caso de los ERE'. Por este motivo, ha instado el suplicatorio contra Chaves, además de contra los exconsejeros José Antonio Viera y Gaspar Zarrías, puesto que son aforados. En el caso de Griñán, este trámite ya no es necesario al renunciar formalmente a su escaño en el Senado el pasado 15 de junio.

El togado les imputa un delito de prevaricación administrativa, aunque Viera se enfrenta a otros cargos como malversación de fondos públicos. En una exposición razonada, de 130 folios, Barreiro analiza el sistema establecido durante 10 años, de 2000 a 2010, para conceder ayudas sociolaborales a empresas y particulares por parte de la Junta de Andalucía. El juez relata cómo el sistema legal de subvenciones se fue modificando para convertirse con el paso del tiempo en la figura de transferencias de financiación, con una ausencia del control propio de las subvenciones.

El magistrado, en su escrito, concluye que el sistema de subvenciones investigado fue ilegal. También cuestiona el desconocimiento que esgrimieron los aforados cuando comparecieron en el Tribunal Supremo. Y rechaza la versión ofrecida por Griñán, que también dirigió la Consejería de Hacienda. Para el juez, esta versión significaría que "en la junta de Andalucía habría un sector de altos funcionarios (de viceconsejerías hacia abajo) que estarían realizando una especie de complot o de conspiración del silencio dentro de las consejerias de Empleo, Economia y Hacienda para ocultar a los respectivos consejeros los informes relevantes y alarmantes que les llegaban referentes al sistema de aplicación de las transferencias de financiación".

El togado cuantifica en 855 millones de euros el dinero presupuestado y que la Junta de Andalucía gastó y pagó desde el 2000 al 2010 en las subvenciones acordadas y concedidas. En relación al perjuicio económico ocasionado a la Administración andaluza, Barreiro considera que no se podrá valorar con exactitud hasta pasados unos años.

FRAGMENTACIÓN DEL PROCESO

El magistrado dedica también un apartado en el auto de Griñán a destacar los problemas que plantean los aforamientos porque se fragmenta el proceso e impide un enjuiciamiento conjunto, cuando el aforado además puede renunciar al fuero en un momento determinado.

El juez señala que la causa se ha instruido durante 4 años en Sevilla sin que la jueza instructora, Mercedes Alaya, haya podido investigar directamente a la cúpula de la pirámide funcionarial de la Junta de Andalucía que concedió las ayudas por tener la condición de aforados. Y lamenta que cuando el Supremo inicia la investigación de este caso, cuatro años después, "la investigación procesal ya está consolidada y las posibles vías o fuentes de averiguación directas contra los aforados se muestran ya más bien marchitas o inaccesibles para reiniciar una instrucción".

En el caso de Griñán, que ha renunciado a su acta de senador, el juez entiende que por las razones de conexidad y dada su posible coautoría en un presunto delito de prevaricación no procede atribuir la competencia al juzgado de Sevilla.

Por otra parte, el togado exculpa a la senadora Mar Moreno.