Un juez de Barcelona ha reconocido el derecho a la prestación de orfandad absoluta a una menor, cuyo padre todavía vive pero lleva nueve años desentendiéndose de las necesidades afectivas y económicas de su hija, de 14 años.

En su sentencia, el juzgado de lo social número 33 de Barcelona estima la demanda presentada por la menor -representada por el bufete de abogados Col.lectiu Ronda- y reconoce el derecho a que su prestación por orfandad se le incremente hasta el grado de absoluta, con lo que percibirá el 52% de la base reguladora, frente al 20 % establecido hasta ahora.

La sentencia se desmarca del criterio que mantienen el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional, que para acceder a la orfandad absoluta exigen acreditar la muerte de ambos padres o bien que uno de ellos sobreviva pero no pueda acceder a la pensión de viudedad por haber sido condenado por violencia machista.