Un juez de Barcelona ha prohibido que se reitere el uso de un anuncio de productos capilares en el que aparece una mujer desnuda, porque lo utiliza «como mero objeto» e instrumentalizado como único elemento que sirve para captar la atención, y ha fallado en contra por un supuesto de publicidad ilícita y competencia desleal. «Existe una desconexión total entre la imagen desnuda de la mujer que se representa y el producto promocionado», sostiene la sentencia. RD