Seis meses de cárcel, pago de las costas procesales e indemnización de 240 euros por los daños causados en la vivienda que allanaron en la playa de Nules. Este es el veredicto que ha emitido el magistrado para los acusados Pedro L. G., Ana María F. M. y Brandan V. M., después de que un jurado popular, compuesto por cinco mujeres y cuatro hombres, los declarara a los tres culpables del delito. Así lo refleja la sentencia condenatoria, a la que ha tenido acceso Mediterráneo.

Los hechos probados se remontan a una fecha anterior al 3 de noviembre de 2009, cuando agentes de la Policía Local de Nules sorprendieron a los tres condenados en un chalé de la playa, situado en primera línea, que era propiedad de otra persona.

Se trataba de una segunda residencia, que contaba con un porche al aire libre y en cuyas puertas los dos hombres y la mujer causaron desperfectos para poder acceder al interior. Arrancaron el cerrojo manual, el tope del portón e hicieron varios agujeros para colocar una cadena y un candado del que sí tenían llave.

A la llegada de los agentes, los condenados fueron sorprendidos viendo la televisión en la terraza, los dos varones, mientras la mujer estaba en el interior de la casa, en donde habían hecho acopio de alimentos. Asimismo, en ese momento tenían un vehículo aparcado en el patio del inmueble.

Los hechos han sido considerados constitutivos de un delito de allanamiento de morada, penado en el artículo 202 del Código Penal. Las tres personas condenadas podrán interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJCV. H