Acuerdo de conformidad entre la fiscal Olga León y el letrado de la defensa de M.C.P., anciano de 74 años, por un delito de abusos sexuales cometidos contra la nieta de 7 años del ya condenado, el 19 de agosto del año 2013 . El juicio, que debía celebrarse ayer en la Audiencia Provincial de Castellón, no tuvo lugar al haber pactado dos años de cárcel, alejamiento de 500 metros durante un periodo de cuatro años y multa de 6.000 euros por los daños morales ocasionados a la menor.

La conformidad de las partes ha sido posible al haber abonado el acusado el montante de la indemnización, procediendo así a la reparación del daño, según explicó el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat (TSJCV). En esta ocasión, no había acusación particular en la causa.

En el acuerdo se ha apreciado como atenuante la alteración psíquica acreditada del acusado, que realizó tocamientos a la pequeña en sus partes íntimas. La defensa de M.C.P., en libertad hasta la fecha, tiene intención de pedir la suspensión de la pena de 24 meses de prisión para su cliente, que no cuenta con antecedentes penales previos a este delito.

Entre sus motivos, que se trata de una persona de avanzada edad y que, además, presenta una salud delicada, según relataron a este rotativo fuentes jurídicas.Ahora, el magistrado del caso deberá abrir la ejecutoria para determinar si el condenado entra en la cárcel o queda en libertad.

Los hechos por los que fue acusado M.C.P. constituyen un delito de abuso sexual, tipificado en el artículo 183 del Código Penal. El mismo recoge aquellos actos que atentan contra la indemnidad sexual de un menor de 13 años, castigando al autor como responsable de abuso sexual a un menor de edad y penas de prisión que van de los dos a seis años.

Además, en este caso, concurría el hecho de que el condenado es familiar de la víctima, concretamente, su abuelo. El apartado 4.d del artículo especifica que esta conducta será castigada con la pena de prisión correspondiente en su mitad superior cuando el responsable se haya prevalido de una relación de superioridad o parentesco, por ser ascendiente, o hermano, por naturaleza o adopción, o afines, con la víctima.

La Audiencia Provincial deberá juzgar también en los próximos meses al conocido como abuelo del Grao, Manuel A.G., de 60 años, por un presunto delito de abusos contra una vecina menor, que contaba entonces 7 años. Recientemente, como publicó Mediterráneo en exclusiva, declararon prescritos otros dos supuestos delitos de abusos contra los hermanos mayores de la víctima.

El acusado ya fue condenado a dos años y medio de cárcel y multa total de 21.000 euros por abusar sexualmente de su nieta, de 6 años, en el año 2010. H