Caso Abierto - El Periódico Mediterráneo

Caso Abierto - El Periódico Mediterráneo

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

el tsj avala la sentencia de la audiencia provincial

Condena por distraer 5.000 € de un contrato de arras en Orpesa

La mujer no quiso devolver el adelanto a los compradores ni dárselo al dueño

Un hombre pasa por delante de una agencia inmobiliaria en imagen de archivo.

Una agente inmobiliaria de Orpesa ha sido condenada por un delito de apropiación indebida al quedarse los 5.000 euros que unos compradores adelantaron en un contrato de arras. La Audiencia Provincial de Castellón le impuso seis meses de prisión, una pena que ahora ha ratificado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).

La agente recibió en el negocio de su propiedad la visita de una pareja que estaba interesada en la compra de un apartamento concreto. El propietario del mismo residía en Zaragoza, por lo que le había cedido a la condenada la gestión de venta, firmando un contrato de gestión con ella.

Tras visitar el apartamento, el matrimonio decidió comprarlo como segunda residencia y firmaron un contrato de arras y reserva económica por 5.000 euros, ingresando el dinero en la cuenta de la acusada. Este contrato se remitió a Zaragoza y el dueño del piso firmó como vendedor. 

Los compradores precisaban de la financiación del 100% para poder comprarlo y no lo consiguieron, buscando financiación la acusada a través de una entidad bancaria, pero no siendo suficiente para los compradores, que firmaron una prórroga de las arras, pero que al final desistieron de la compra. Los compradores reclamaron a la acusada la devolución del dinero que dieron como señal, poniendo excusas la acusada, diciéndoles al final que ese dinero se lo pedía el vendedor. 

El propietario del inmueble, ante el desistimiento de los compradores, acudió a la oficina de Orpesa y le reclamó el dinero de las arras a la sentenciada, diciendo esta que no podía entregárselas, retirándole el propietario la gestión de venta de los dos apartamentos que tenía en la inmobiliaria. Posteriormente, le remitió a la agente inmobiliaria un burofax desde Zaragoza reclamándole el importe de 5.000 euros dado por arras, deducido el importe del 3% de comisión que le correspondía a la intermediaria. Sin embargo, como consta en las sentencias, esa entrega no se produjo. 

La acusada se quedó finalmente con el dinero entregado por el matrimonio en concepto de arras y que tampoco entregó al legítimo propietario de la vivienda.

En otra causa reciente por motivos inmobiliarios el Tribunal Supremo ha absuelto a un constructor de Castellón que había sido condenado a tres años y medio de prisión por quedarse dinero de 14 compradores que pagaron por unos pisos que no llegaron a completarse en la carretera de Ribesalbes de Castelló. A ojos del tribunal madrileño «no se ha probado en el juicio oral que la finalidad que se dio a las cantidades de dinero fuera otra distinta a los fines inmobiliarios». 

Compartir el artículo

stats