Sentencia
Condena de 13 años por abusar de su hijastra de 6 años estando su pareja embarazada
La Sección Segunda refrenda la petición de Fiscalía de 13 años y medios por el abuso continuado de la hija de su pareja sentimental y le priva de la patria potestad del bebé que tiene en común
Deberá indemnizar con 8.000 euros a su pareja y a la niña

Imagen del juicio en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial el pasado julio. / Bigné
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Castellón ha condenado a una pena de prisión de 13 años y medio a un hombre que abusó sexualmente de forma continuada de la hija menor de edad, de 6 años, de la que era su pareja sentimental, que en el momento de los hechos estaba embarazada. Inicialmente, Fiscalía pedía 36 años --12 por cada uno de los tres delitos--m que se rebajó tras el juicio, el pasado 1 de julio, al determinar un abuso continuado.
La Sala le impide acercarse a menos de 300 metros de la víctima y comunicarse con ella por ningún medio durante siete años, al tiempo que le priva también de la patria potestad del hijo que tiene en común con la madre de la niña.
En el Baix Maestrat
El hombre deberá indemnizar a la pequeña con 8.000 euros y a la progenitora de ésta con la misma cantidad.
El condenado inició una relación sentimental con la mujer en octubre de 2021 y fue a vivir a casa de ella, en un municipio de la comarca del Baix Maestrat, donde residían igualmente dos hijas menores de su pareja.
Queda probado
Según considera probado la Audiencia castellonense en su sentencia, en al menos tres ocasiones el penado entró a la habitación de una de las hijas, que tenía seis años en ese momento, y con la excusa de dormirla, abusó sexualmente de la niña.
El hombre, que esperaba junto a su pareja un bebé, le dijo a la niña, sobre la que ejercía como figura paterna, que no dijera nada de lo ocurrido o le mandarían a la cárcel.
Denuncia de la madre
La madre de la pequeña, que denunció los hechos en abril de 2022 ante la Guardia Civil, se vio especialmente afectada por lo ocurrido, por lo que el Tribunal reconoce su derecho a ser indemnizada por el condenado por daños morales con 8.000 euros. La misma cuantía indemnizatoria fija la Sala para la menor.
Durante la celebración del juicio oral, el entonces acusado reconoció los hechos y su defensa expresó su conformidad con los escritos de las acusaciones pública y particular.
La sentencia no es firme y puede recurrirse ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.
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