El Periódico Mediterráneo

Crímenes olvidados de Castellón: La mujer que contrató a un tercero para que le diera una paliza a su marido

Los hechos ocurrieron en la Vall d’Uixó en el año 1998. La víctima tuvo que ser ingresado en el hospital tras ser golpeado en repetidas ocasiones por los nunchacos del agresor. Su esposa también se unió a la tunda. En otro orden de cosas, en Vilafamés hubo un bando que obligaba a ir al baile y prohibía trabajar.

Texto: Juan Salvador Salom Escrivá - Diseño: Fede Navarro - Fotos: Mediterráneo

Una agresión que le llevó al hospital

Y buena paliza recibió, desde luego, como a continuación se verá. Y, según el lesionado, no era la primera vez que esto sucedía, pues manifestó –aunque no se probó– que dos semanas antes, su mujer, junto con otras dos personas, le había propinado otra paliza. Los hechos ocurrieron en Vall d’Uixó en el año 1998.

El Juzgado de lo Penal declaró probado que la acusada, Lucía, propuso al también acusado, Miguel, dar una paliza al esposo de la primera, Antonio, del que se encontraba separada de hecho y con el que tenía una muy tensa relación motivada sobre todo por los problemas del matrimonio y de la atribución de la custodia de la hija menor de ambos. Miguel aceptó la proposición de Lucía y, de este modo, el día 12 de marzo de 1998, sobre las 13 horas, en ejecución de lo previamente acordado y para provocar que su marido saliera a la calle, la acusada le llamó por teléfono y le requirió para que fuera a su casa para recoger las ropas de la niña. Sin sospechar nada, acudió Antonio conduciendo su vehículo Renault cuya matrícula era conocida de su mujer, y tras comprobar que no había nadie en el domicilio de la acusada, regresó al suyo.

Los hechos ocurrieron en la Colonia San Antonio de la Vall d'Uixó.

Los hechos ocurrieron en la Colonia San Antonio de la Vall d'Uixó.

Los acusados, Miguel y Lucía, que estaban ocultos observándole, siguieron al vehículo de Antonio en un automóvil Seat que conducía Miguel. Cuando Antonio estacionó su turismo en las proximidades de su domicilio, en la Colonia de San Antonio de la Vall, Miguel detuvo su vehículo junto al de Antonio, impidiéndole de esta forma que esta abandonara el lugar de estacionamiento, tras lo cual el acusado Miguel se apeó portando en sus manos unos "nunchakus", que, como es sabido, es un instrumento empleado en las artes marciales, y dirigiéndose a la puerta izquierda del turismo de Antonio, le golpeó fuertemente con el referido instrumento en la cabeza cuando todavía estaba sentado en su automóvil y se disponía a salir del mismo. Con la cabeza ensangrentada, Antonio logró apearse de su vehículo, continuando la agresión por parte de Miguel durante unos minutos.

A continuación, como si todo esto fuera poco, se sumó a la agresión la acusada Lucía. De este modo, ambos acusados golpearon repetidas veces a Antonio, huyendo a continuación en el vehículo de Miguel, no sin antes desprenderse éste de los "nunchakus", que lanzó a unos metros.

A consecuencia de la agresión Antonio resultó con lesiones consistentes en herida supraciliar izquierda –encima de la ceja izquierda– que precisó 4 puntos de sutura, así como contusión en hombro izquierdo, herida parieto-occipital izquierda que precisó de otros cinco puntos de sutura y de una mordedura en brazo izquierdo. El lesionado permaneció un día ingresado en el hospital y las referidas lesiones le incapacitaron durante 30 días para sus ocupaciones habituales, quedándole como secuela un síndrome postconmocional.

El Juzgado de lo Penal de Castellón condenó a Miguel y a Lucía como autores de un delito de lesiones, a la pena de dos años de prisión a cada uno y a que indemnizasen solidariamente a Antonio en 742.000 pesetas y a la Generalitat Valenciana, que los reclamaba, en 63.746 pesetas por los gastos de asistencia médica prestados a Antonio. Los dos condenados recurrieron en apelación ante la Audiencia Provincial de Castellón.

La víctima compareció en el juicio como acusadora particular con abogado y procurador y también recurrieron la sentencia, interesando un aumento de pena de los condenados por estimar que concurrían las circunstancias agravantes de alevosía, abuso de superioridad y parentesco, siendo todas ellas desestimadas, en particular en cuanto a la de parentesco porque aunque aún eran marido y mujer y no se habían divorciado, sí estaban separados, con lo que la ruptura matrimonial impedía la aplicación de la agravante en cuestión. En cambio, sí que estimó el recurso de dicha acusación particular en el sentido de aumentar la indemnización a la víctima en 500.000 pesetas más.

El bando del alcalde de Vilafamés

Sorprendente bando municipal el que promulgó el alcalde de Villafamés el 28 de octubre de 1885. He respetado la peculiar caligrafía de valenciano del bando. El bando decía así: ”De orde del siñor alcalde constitusional se fa saber: que ninguna persona machor siga gosá á anardemá a treballar, pues haurá per lo matí corregudes de animals y persones y per la vesprá, ball de Torrent”. Es decir: De orden del señor alcalde constitucional se hace saber: que ninguna persona mayor esté dispuesta a ir mañana a trabajar, pues habrá por la mañana carreras de animales y de personas y, por la tarde baile de Torrente.

Por si esto fuera poco, aparte de lo macarrónico del valenciano utilizado, el bando acababa diciendo: “El que contravinga esta disposisió será multat en dos duros ó tres díes de presó”. O sea: El que contravenga esta disposición será multado con dos duros o tres días de prisión.

El bando es real y así fue publicado. De modo que el que trabajara, multa o a la cárcel. Y todos a ir a las fiestas. No tenemos remedio.

Una fuga de película... de risa

Fue una fuga de tebeo. Se trata de un curioso suceso ocurrido en el Depósito municipal o cárcel de Atzeneta del Maestrat en 1948. Se fugaron tres presos que estaban recluidos en el mismo a disposición del Juzgado de Instrucción de Lucena del Cid. La cárcel era de lo más peculiar: sus celdas no tenían cerraduras y solo había un cerrojo en la parte exterior, con el que se aseguraba teóricamente las puertas, que eran de madera. Y, además, por si fuera poco, solo había un carcelero que por las noches se iba a dormir a su casa mientras los presos se quedaban solos en el depósito o cárcel municipal. Una verdadera maravilla. 

Los fugados fueron tres: Ramón, de 26 años, de oficio albañil; Ángel, de 21 años, de oficio somierista, ambos de etnia gitana; y Manuela, de 23 años, de oficio sus labores y «abultada de pechos», tal como decía el auto que, tras su fuga, ordenaba su busca y captura. Los tres estaban recluidos en el citado depósito municipal. Manuela ocupaba un calabozo del segundo piso, dónde la misma arrancó una tabla de madera de la puerta metiendo la mano por el hueco con la que consiguió abrir el cerrojo que aseguraba la misma desde fuera, abriendo de este modo la puerta de su calabozo.

Al salir, descorrió también los cerrojos de los calabozos de Ramón y Ángel, y desde una ventana, cuyos barrotes forzaron valiéndose como palanca de la tabla de madera arrancada de la puerta, tras atar, formando nudos, una manta que les habían dejado por si tenían frío por las noches, salieron al exterior poco antes de las cinco de la madrugada del día 24 de junio de 1948, dándose a la fuga.

Mientras todo esto pasaba, el carcelero estaba felizmente durmiendo en su casa, siendo la Guardia Civil la que tuvo que ir a despertarlo para decirle, con gran asombro por parte del mismo, que los presos se le habían escapado. 

Luis, el carcelero, fue en seguida al depósito municipal, encontrándose con que todos los presos se habían escapado. En su declaración manifestó su sorpresa, pues la noche anterior, al darles la cena, no manifestaron nada anormal ni protestaron de la comida ningún día, antes al contrario, Ramón siempre decía que no le pusiese tanta. Vamos, no pretendería que le avisasen de que iban a fugarse. 

El primero que se dio cuenta de la fuga fue Juan, vecino de Atzeneta, de profesión panadero, el cual manifestó que se había levantado momentos antes de las cinco de la madrugada para ir a trabajar y al pasar por delante de la cárcel vio colgar de la ventana de atrás unas tiras de tela a nudos y que de la reja de la misma faltaban hierros, por lo que, sospechando que se habían fugado los presos, fue a dar en seguida cuenta al Puesto de la Guardia Civil de Atzeneta tocando las cinco de la madrugada cuando estaba a las puertas del cuartel. 

La historia, como puede verse, no tiene desperdicio. El último en enterarse fue el que hacía de carcelero. Casi tres años después fueron detenidos Manuela y Ramón. El fiscal les acusaba como autores de un delito de quebrantamiento de condena y solicitaba que se le impusiera a cada uno una pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión menor. Manuela y su defensa se conformaron con la petición de penas del fiscal. La defensa de Ramón interesaba, que, dado que quien les abrió la puerta de la celda fue Manuela, se le impusieran a su defendido solo dos meses de arresto mayor. No le sirvió de nada. La Audiencia Provincial de Castellón condenó a los dos a la misma pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión. Del otro fugado, Ángel, nada más se supo. A Manuela y a Ramón se les rebajó la cuarta parte de la pena al aplicárseles un indulto general que se dictó en aquellas fechas. 

Lo que tiene narices es que el primero que se enteró de la fuga de los presos fue el panadero, que se había levantado muy temprano para hacer el pan del día. Y el carcelero durmiendo tranquilamente en su casa. Vivir para ver.

¡O a misa o a casa!

La realidad nunca deja de sorprender y supera lo que la imaginación más calenturienta pudiera pensar. Y aquí hay un ejemplo: El alcalde de Ares del Maestre promulgó un bando en el mes de enero de 1882, bando en cuya virtud los vecinos del pueblo citado que al tercer toque de vísperas para asistir a los oficios religiosos no asistieren a los mismos debían encerrarse en sus casas mientras durasen los oficios divinos, prohibiéndoles estar en la calle o en tabernas durante dicho tiempo. Es decir, o ibas a misa o te quedabas en casa.

Nada le sucedió al alcalde por tan seráfico bando, si bien, tras presentarse diversas quejas ante el gobernador civil de la provincia, fue llamado al orden, y dejó el mismo sin efecto.

Un crimen sin juicio en Vinaròs

Pocas veces he hallado un caso tan terrible como este, que acabó con la vida de dos jóvenes y la del propio asesino. El hecho sucedió en Vinaròs en 1924.

Entre las nueve y media y las diez la mañana del día 20 de mayo de dicho año, en una casa sita en la calle Salinas de Vinaròs, denominada Casita Blanca, se presentó Vicente Miralles Nebot, de 44 años de edad, empleado del Ateneo Mercantil de dicha población, cuando en la misma se encontraban Sebastiana Pascual Bonet y una amiga suya llamada Dolores Albiol Tomás, confeccionando una red de pesca para el citado Miralles.

Pero no era precisamente un chorizo lo que había visto, pues apenas se había cerrado la puerta de la habitación se oyó una gran detonación que hizo volver precipitadamente a la dueña a la habitación anterior, encontrándose con un cuadro desolador: las dos jóvenes que se encontraban en el lugar estaban muertas, una con la cabeza completamente destrozada y la otra, con el cuerpo deshecho.

Mortífera explosión

Este último, Vicente Miralles Nebot, conocido como El Cojo Morrín, fue el autor de la explosión, para lo que se valió de un cartucho de dinamita de los que habitualmente se empleaban para la pesca clandestina. Dicho individuo, pese a tener 44 años, pretendía casarse con la hija de la dueña de la Casita Blanca, de 18 años, hija de un pastor apodado Blosco.

Pocos días antes de los hechos el Cojo Morrín pidió la mano de la joven a sus padres, los cuales, como es de suponer, se negaron, poniéndole de manifiesto a dicho sujeto la diferencia de edad. El Cojo Morrín tomó muy a mal esa negativa y, tal como se supo posteriormente por una carta que había dejado escrita, comenzó a maquinar e idear un plan para vengarse.

Eso sí, la misma noche anterior al día de los hechos se cobró todo lo que se le debía. Como he relatado, el Cojo Morrín era empleado del Ateneo Mercantil de Vinaròs, donde estaba encargado del mostrador del mismo. Y cuando se dirigía al lugar de los hechos se cruzó con un convecino del pueblo, el cual le dio los buenos días, contestándole el Cojo Morrín: “A la nit ho veurem.”

Y así lo hizo, encendiendo el cartucho de dinamita y provocando la explosión mencionada. La pobre madre sufrió un ataque de histeria cuando vio los cuerpos destrozados de su hija y su amiga.

Lo ocurrido llenó de pánico a Vinaroz, pues se corrió el rumor popular que en la carta que el Cojo Morrín había dejado escrita, y que se encontró después de su muerte, se anunciaban más explosiones de bombas en distintos puntos de la población.

Te tocaré la figa... o el útero

Los hechos no tienen desperdicio. Realmente lo que dijo el acusado no era nada de “tocar el útero” a una joven. Esa expresión la añadió la Audiencia Provincial de Castellón en su sentencia. El acusado, que utilizaba el valenciano, empleó una expresión de muy alta potencia fonética en dicho idioma, que todos los que lo hablamos hemos oído. Lo que manifestó fue, literalmente, traducido al castellano: “¡Tienes que acostarte conmigo y te tocaré la figa!”. En valenciano, cuando se utiliza este tipo de expresiones por “figa” no se entiende precisamente “higo” sino los órganos genitales externos de la mujer, la vulva.

La frase no era precisamente una maravilla de refinamiento, y la profirió el acusado, Ernesto, a una joven que caminaba por la Ronda Mijares de Castellón.

Pero veamos lo sucedido: Ernesto, de 25 años de edad, de buena conducta, sobre las siete de la tarde del día 4 de mayo de 1952, al ver pasar por la Ronda Mijares de Castellón a María, y tal como dice la sentencia que le condenó, se abalanzó sobre ella con intención de tocarla y diciéndole que se iba a acostar con ella aquella noche y le iba a tocar el útero –sic-, aunque, realmente, lo que dijo, como he relatado antes, es que le tocaría la figa.

Botella y media de mistela

El acusado, cuando profirió dicha expresión, iba en unión de otros dos amigos por la Ronda citada. Iban la mar de contentos, pues ya se habían ventilado entre los tres una botella de mistela y estaban a mitad de la segunda. La alegría que tenían era manifiesta. Estando en pleno jolgorio, se cruzaron con una joven y, según declararon el propio Ernesto y los dos amigos que le acompañaban, el primero se dirigió a la misma, cogiéndola del brazo, diciéndole que aquella noche le tocaría la figa y otras expresiones soeces que no pudieron concretar ni Ernesto ni sus amigos, debido al estado etílico en el que se encontraban. La joven se defendió a fondo con un bolso de mano que portaba, con el que golpeó al acusado, refugiándose luego en una casa cuya puerta estaba abierta, rechazando violentamente a Ernesto para que no siguiera molestándola. El propio acusado reconoció los hechos, diciendo que cogió a la mujer por las solapas y el brazo y le dijo que esa noche se acostaría con ella y le tocaría la ‘figa’. Añadió que nunca le había ocurrido una cosa así y que se debía al alcohol.

Pero claro, estamos en el año 1952 y en aquella época la moral pública era férrea. Los tres magistrados de la Audiencia Provincial que juzgaron los hechos se vieron ante –para ellos- un grave dilema: ¡Cómo iban a poner en los hechos probados de la sentencia que lo que verdaderamente dijo el acusado fue que quería tocarle la figa! Eso no podía ser. No era admisible para ellos, esa expresión era contraria a la moral. Ellos eran hombres muy bien educados y no podían ni siquiera pronunciar esa palabra tan vulgar y grosera. Después de muchas cavilaciones lingüísticas decidieron sustituir “figa” por “útero”, con lo que lo que declararon probado fue el que el acusado le dijo a la mujer que le iba a tocar el “útero”. Aparte de no haber dicho eso, es que a nadie se le ocurre, incluso en esas circunstancias de alegría alcohólica, decirle a una mujer que le va a tocar el “útero”. Ni que fueran ginecólogos.

Polémica sentencia

El fiscal acusó a Ernesto de un delito de escándalo público, concurriendo la atenuante de embriaguez no habitual solicitando que se le impusieran las penas de dos meses y un día de arresto mayor y mil pesetas de multa. Su abogado defensor pidió que el hecho se considerara falta –hoy delito leve- y se le impusiera una pena de multa de hasta 250 pesetas y reprensión privada, pena esta última que hoy no existe.

La Audiencia Provincial de Castellón condenó a Ernesto por dicho delito de escándalo público a las penas solicitadas por el fiscal. No deja de asombrar que la Audiencia Provincial, que en aquella época no tenía inconveniente en sus sentencias en utilizar las expresiones de “enfermos tarados”, “cretinos”, “imbéciles” o “idiotas”, en cambio le parecía excesivo el relatar que lo que dijo el acusado era lo de tocar la “figa”, sustituyendo dicha palabra por la de “útero”. Además, y por si fuera poco, “figa” y útero no designan lo mismo, pues, como ya he relatado, “figa” son las partes exteriores de los genitales de la mujer, la vulva y el útero es la matriz. Para “tocarle el útero” habría que ser ginecólogo.

Desde luego, no tenían ni tienen actualmente la misma potencia fonética una y otra expresión. De todos modos, el delito de escándalo público requería en aquella época que se ofendiera “el pudor o las buenas costumbres con hechos de grave escándalo o trascendencia”. Así que la expresión “te voy a tocar la figa” revestía para el tribunal los caracteres de un grave atentado a la moral, tanta como para castigarlo con pena de prisión.

Los hechos ocurrieron en Vilafamés en el año 1878. En dicha población ejercía como párroco el cura que nos ocupa, José Peñarrocha, el cual vivía con una sobrina suya, joven, llamada Marieta la Menuda, es decir, la Pequeña, y un criado llamado Francisco Mateu. Corrió el rumor por el pueblo de que el cura había dejado embarazada a Marieta y que para evitar el escándalo había matado él mismo, de acuerdo con la madre, al niño recién nacido en el momento del parto, el 1 de noviembre de 1878, es decir, habían cometido un delito de infanticidio, auxiliándole su criado. El escándalo alcanzó su cima en el pueblo cuando el domingo 3 de noviembre de 1878 el cura en cuestión subió al púlpito para dar el sermón a los fieles asistentes a misa. Al verlo, los hombres asistentes a la celebración litúrgica, indignados, abandonaron la iglesia, promoviendo una reunión urgente del ayuntamiento y de los mayores contribuyentes de la localidad para expulsarle de la misma. Obsérvese que todo esto se hacía en base a un mero rumor.

Polémico pasquin

Cuando se enteró el sacerdote de dicha reunión y de su finalidad les manifestó que no hacía falta que acordasen tal cosa, pues él mismo se iría del pueblo si, a cambio, no daban cuenta de nada al obispo de la diócesis. Pero las cosas siguieron su curso y, como era de esperar, a peor. El lunes 4 de noviembre de 1878 se pegó por personas desconocidas un pasquín de papel rojo en el pueblo, de cuyo contenido se enteraron los vecinos. El pasquín, del que respeto su grafía, entre otras cosas, decía lo siguiente: “La Chicharra, Marieta la Menuda, ha parit una criatura lo divendres per la nit…Mateu va ser el comare i la va traure a les dos del matí, no sabem si mort…Señores, açó es masa escandalós, retor més p… (sic) i més a…(sic) no el te España. No te ell asoles la culpa, que la tenim tots los del poble per consentir que les nostres families deprengueren eixes males doctrines. No anem al Obispo, que no ens fará cas. Arreglemos nosotros”.Lo que traducido significaba: “La Chicharra, Marieta, la Pequeña, ha parido una criatura el viernes por la noche…Mateo fue el comadre –sic- y la sacó a las dos de la mañana, no sabemos si muerta…Señores, esto es demasiado escandaloso, rector más p…y más a…no lo tiene España. No tiene solo él la culpa, sino que la tenemos todos los del pueblo por consentir que nuestras familias aprendiesen esas malas doctrinas. No vayamos al Obispo, que no nos hará caso. Arreglémoslo nosotros.

Del pasquín en cuestión se sacaron copias, haciéndose pública la noticia. El juzgado de instrucción incoó diligencias penales por infanticidio contra el cura, su criado y Marieta, acordándose la prisión preventiva del primero de los mismos, pese a lo cual el cura siguió ejerciendo su ministerio en la cárcel de Castellón, no habiendo retirado el obispo al mismo las órdenes sagradas pese a conocer la imputación de que era objeto.

Celebrado el juicio, se dictó sentencia condenando al cura y a su criado –Mateo- a cadena perpetua. Marieta La Menuda fue absuelta.

José Peñarrocha, el cura en cuestión, publicó estando imputado un folleto titulado Moral católica, basándose en textos del Antiguo y Nuevo Testamento y en otros autores católicos. La sentencia condenatoria fue revisada en un nuevo juicio ante la Sala de lo Criminal de la Audiencia Territorial de Valencia, el cual se suspendió para que por la Academia de Medicina y Cirugía de Valencia se informase sobre la causa que produjo la muerte del niño. El 3 de diciembre de 1881 dicha Sala sobreseyó, es decir, archivó la causa respecto de Marieta La Menuda por fallecimiento de la misma.

Segunda sentencia

El proceso siguió contra el sacerdote ysu criado. El 2 de marzo de 1882, a la vista del informe de la Academia de Medicina citado, dicha Sala dictó sentencia respecto del sacerdote José Peñarrocha y de su criado Francisco Mateu absolviéndolos libremente de los cargos imputados.

A la vista de todo esto no cabe duda de que el sacerdote, José Peñarrocha, Marieta La Menuda y Francisco Mateu fueron objeto de una campaña de difamación y desprestigio atribuyéndoles un infanticidio que no habían cometido. Comenzó con un rumor que, al igual que las bolas de nieve, conforme se fue difundiendo se fue agrandando, provocando reacciones extemporáneas como el abandono de la misa que he relatado, basándose solo en simples rumores que tanto daño hicieron. No es por ello raro que el obispo no lo cesase. Los acusados negaron los hechos. Los sufrimientos que debieron padecer los tres imputados son fácilmente imaginables. Aunque hubo absolución al final, el mal ya estaba hecho.

La lechera de Castelló y la lechera de Burriana

Curiosos hechos ocurridos en Castelló y Burriana. El día 21 de junio de 1953, Luis, de 23 años de edad, de oficio legionario, se encontraba en las proximidades del Camino Viejo del Mar cuando se encontró con dos jóvenes, Encarnación e Irene, que regresaban del campo.

Al verlas, se bajó los pantalones, enseñándoles sus partes genitales, dándose a la fuga inmediatamente las mencionadas. Pocos días después, el 3 de julio, Luis volvió a hacer lo mismo; se encontró en los alrededores de Castellón a la lechera Rosa, la cual conducía una bicicleta en la que portaba varias botellas de leche para su reparto. Cuando Luis la vio se bajó los pantalones, enseñándole sus genitales al tiempo que le decía: ya que eres lechera, ordéñame, huyendo Rosa despavorida.

Luis ya había sido condenado anteriormente por el delito de abusos deshonestos. Se incoó causa contra él por dos delitos de escándalo público. Al fiscal le interesaba una condena de seis meses de arresto mayor y 3.000 pesetas de multa por cada uno de ellos. Su abogado defensor se conformó con la acusación del fiscal, si bien pidió al tribunal la benevolencia posible dada la condición de legionario de su defendido. Una atenuante inexistente, desde luego. La Audiencia Provincial de Castellón condenó a Luis por los mismos delitos y penas que interesaba el fiscal. Y, además, dado que tenía antecedentes penales cumplió efectivamente en prisión su condena. Por supuesto, no se apreció la atenuante de ser legionario.

Lo que pasó en Burriana

Los hechos sucedieron en Burriana el día5 de julio del año 1947 en una lechería. Dicho día se presentó el cabo de los Guardias Municipales en funciones de servicio, y por encargo y mandato del alcalde, en el negocio de lechería que María tenía establecido en una calle de Burriana, donde, además tenía su domicilio. El cabo llevaba una botella vacía e iba acompañado de una niña que portaba una jarra de leche que momentos antes había comprado en la mentada lechería.

El cabo invitó a María a que llenase la botella que llevaba con leche de la jarra que llevaba la niña, para lacrarla a continuación y presentarla al veterinario para su análisis. A dicha petición María opuso toda clase de obstáculos y evasivas y como quiera que el cabo insistía en que realizase dicho vertido, pues tenía que analizarse la leche, María arrojó al suelo la jarra, derramándose su contenido. 

El cabo recogió la leche que pudo del suelo, echándola en la botella, marchándose seguidamente del lugar. Dos horas después volvió el tan citado cabo a la lechería para denunciar a la procesada por la acción que había realizado de tirar la leche y tratar de eludir el cumplimiento de la orden que le había dado el alcalde y, al decírselo a María, ésta le ofreció insistentemente un regalo del que decía que había de quedar muy contento, tratando con ello de influir sobre la voluntad del agente para que no cumpliera con su obligación.

El cabo denunció en el juzgado los hechos, incoándose causa penal contra María. El fiscal calificó los hechos como constitutivos de un delito de cohecho -por haber intentado sobornar al cabo- del que consideró autora a la acusada para la que interesó la imposición de una pena de dos meses y un día de arresto mayor y mil pesetas de multa. La Audiencia Provincial de Castellón la condenó precisamente por ese delito y a la misma pena. Este caso plantea dos cuestiones curiosas. La primera y más importante es la de qué contendría la leche que trataba de conseguir el cabo para que la acusada la tirase para evitar su análisis. ¡A saber lo que beberían los clientes de esa lechería! Y algo debió notar la madre de la niña, que con la jarra acompañaba a dicho cabo, para que acudiera a la Policía Municipal a denunciarlo. La segunda cuestión es el tipo de regalo que pretendía hacerle la acusada al agente para que quedara tan contento. 

Nunca se supo. Por desgracia no he podido averiguar los resultados del análisis de la leche. No estaban en la causa judicial. Lo más probable es que hubiera más agua que leche. Era lo típico de la época para ganar más dinero y engañar a la gente, claro. Y, desde luego, no se le siguió proceso alguno por adulteración de la leche, por cuanto la misma no pudo ser analizada. 

El estafador, el joyero y la madre superiora

Curiosísimo hecho sucedido en Castelló de la Plana en 1917 y que demuestra hasta qué extremos llegaba a alcanzar el ingenio de los estafadores ¡Cómo para fiarse de nadie!

El 6 de diciembre de 1917 se presentó en la platería de Rafael Moliner, situada en las Cuatro Esquinas de Castelló, un sujeto que vestía el hábito de capellán, el cual manifestó su deseo de adquirir una alhaja para hacerle un regalo a la Madre Superiora del convento de las Carmelitas de la calle Gobernador. El joyero le enseñó una gran cantidad de cadenas de oro y plata, medallones y gargantillas, ante cuya vista el cliente manifestaba que eran tantas y tan bonitas que no se decidía por sí mismo a elegir ninguna y prefería consultar con la Madre Superiora sobre la elección.

Salió el que vestía los hábitos de sacerdote, simulando ir al convento de las Carmelitas y al rato volvió a la joyería donde manifestó que era conveniente que un dependiente de la joyería fuera al convento citado llevando todas las alhajas que le habían enseñado, para que la Madre Superiora eligiera la que más le gustase. El capellán dejó una tarjeta de visita en la joyería en la que se leía un nombre y apellidos y debajo del mismo, Franciscano, diciendo que con dicha tarjeta le franquearían al empleado la puerta del convento y podría entrar él mismo con las alhajas, en cuyo interior estaría esperándole el que decía ser franciscano.

Dicho y hecho. Poco después el dependiente de la joyería llegó con las alhajas al Convento de las Carmelitas de la calle Gobernador, a cuya puerta encontró al capellán, el cual recogió del dependiente la tarjeta de visita que había entregado en la joyería y las alhajas, diciéndole que volviera más tarde a recogerlas, ya que la Orden Carmelita prohibía entrar en el convento.

El dependiente regresó a la joyería y, a las doce del mediodía, volvió al convento de las Carmelitas a recoger las joyas. Allí le dijeron que no sabían nada de ningún capellán, ni del regalo ni de las alhajas que reclamaba. El falso capellán había consumado astutamente su estafa. El valor de lo estafado ascendía a seiscientas pesetas de la época. Una vez lo supo el joyero denunció el hecho ante la Policía. El capellán vestía sotana con esclavina, sin manteo, aparentando tener unos 34 años de edad.

Nunca más se supo del capellán ni de las alhajas. Hay que reconocer el ingenio y sangre fría del estafador.

Ni lo salvaron, ni dejaron que nadie lo salvara

Sobre las once de la noche del domingo 18 de marzo de 1900, fiestas de la Magdalena, volvía solo a su casa, desde la ermita, el vecino de Castellón Francisco Salvador Cornelles, por la calle San Félix y al llegar a la esquina con la calle Conejos, hoy Carlos Llinás, se encontró a seis amigos que comentaban entre ellos un incidente que habían tenido poco antes con otro compañero llamado Ignacio Pachés Climent.

En aquel preciso instante se presentó de nuevo Pachés empuñando una hoz de las llamadas cañameras, arremetiendo contra el grupo, ante lo que los seis amigos y Francisco echaron a correr, pero Francisco corrió menos rápido que los otros, alcanzándole el individuo en cuestión que le clavó la hoz en la parte superior del hombro izquierdo. El Pachés se dio inmediatamente a la fuga y el propio herido también huyó, saliendo a la plaza de San Luis y al llegar al portal de la Purísima cayó desvanecido por la pérdida de sangre, y allí permaneció, tendido en el suelo, largo tiempo, sin que nadie le prestara el menor auxilio.

En aquel momento iban los serenos de Castellón a sus respectivos distritos y al enterarse de lo sucedido acudieron al lugar, rodeando tres o cuatro de ellos al herido y aquí los serenos se cubrieron de gloria, pues estando Francisco Cornelles tendido en el suelo, desangrándose de la herida en el hombro, herida que no era mortal de ser atendida rápidamente, no solo no atendieron al herido, sino que impidieron que otras personas lo hicieran, alegando que no se podía tocar al mismo antes de que llegase la autoridad competente, es decir, el juez de instrucción de Castellón. Por supuesto, no le hicieron a pobre hombre un simple torniquete ni intentaron taponar la herida, lo que hubiera impedido que siguiera perdiendo sangre y muriera, dejándolo desangrarse a la vista de los propios serenos y del público que acudió y rodeaba al herido. Una vergüenza donde las haya.

Francisco Cornelles no acabó de morir en la calle por pura casualidad, pues nadie hacía nada por él, pero se acercó al lugar el alguacil del juzgado de instrucción de Castellón, apellidado Breva, el cual trasladó al herido al hospital donde falleció a los pocos momentos. Francisco Cornelles trabajaba en la casa de San Vicente Ferrer, estaba casado y dejaba cuatro hijos.

Poco después fue detenido como autor del crimen el Ignacio Pachés Climent, el cual negaba haberlo cometido, si bien las declaraciones de los testigos le incriminaron claramente. El juicio se celebró ante el tribunal del jurado de la Audiencia Provincial de Castellón a fines del año, emitiendo los jurados un veredicto de culpabilidad, pero admitiéndole dos atenuantes, una de ellas la de embriaguez. El tribunal de derecho dictó sentencia condenatoria por homicidio. La pena impuesta al Pachés no excedió de los 12 años de prisión.

Lo indignante es que nadie ayudase al herido, ya que simplemente con un pañuelo colocado sobre la herida, taponando la salida de sangre hubieran impedido la continuación de la hemorragia y hubiera salvado la vida. O simplemente llevándolo enseguida al hospital. Los serenos se lucieron, desde luego, ni ayudaron ni dejaron que nadie ayudara. Francisco Cornelles no debió nunca haber muerto desangrado. No se siguió proceso alguno a los serenos.

¡Bébete el chocolate, cariño!

Lo sucedido fue lo siguiente: El año 1954 contrajeron matrimonio canónico en la iglesia arciprestal de Vila-real, José y la procesada María, los que ya con anterioridad habían mantenido relaciones íntimas, habiendo tenido, unos antes del matrimonio y otros después de su celebración, hasta siete hijos, de 22, 19, 18, 16, 11, 8 y 5 años de edad. María tenía 40 años al ocurrir los hechos. El día de Navidad del año 1954 acudió dicho matrimonio a una fiesta dada en casa de una tía de María, llamada Concha, hallándose entre los concurrentes un individuo llamado Joaquín, al que por primera vez conoció María; ésta, así como dicho individuo comieron, bebieron y bailaron, retirándose ambos a una de las habitaciones de dicha casa, donde, sobre un camastro, mantuvieron relaciones sexuales, surgiendo en María la idea de abandonar el domicilio conyugal.

El 26 de diciembre de dicho año María se marchó a Almenara para buscar a Joaquín y, ya puestos de común acuerdo, se marcharon juntos a Amposta y Badalona, ejerciendo la venta ambulante, viviendo juntos hasta el día 23 de junio de 1955, en cuyo día regresó de Badalona, ante el temor de ser obligada por la fuerza a volver a su domicilio, tras haberla denunciado su marido por abandono de familia. Una vez llegada de nuevo al domicilio conyugal, las relaciones entre los esposos, a causa de la conducta de María, se agriaron bastante, aunque sin producirse discusiones graves ni altercados violentos entre ellos.

María seguía queriendo volver con Joaquín y su marido, sospechándolo, le escondió el carnet de identidad y un pasaporte que tenía para marchar a Francia, no dejándola ni a sol ni a sombra, tal como ella dijo. 

María seguía en su propósito de abandonar a su esposo e hijos, decidiendo matar a su marido y así, en fecha cercana al 24 de junio de 1955, María adquirió en una droguería un raticida llamado Nogat, consistente en un polvo blanco que mezcló con azúcar, decidiendo en un principio dárselo a su marido, pero se arrepintió de momento, tirando el producto adquirido, que había comprado para matar ratas en su casa. Sin embargo, pasada esta duda, nuevamente volvió a surgir con más fuerza en la mente de María la idea de matar a su marido para irse con Joaquín. Seguidamente volvió a la droguería, en la que adquirió, el día 14 agosto de 1955 cierta cantidad de azúcar mezclada con arsénico de sosa, cuyo preparado guardó debajo de la cama con la idea de suministrárselo a su marido en el momento que hallara propicio.

El 'día D'

María, en la mañana del día 21 de agosto de 1955 preparó el desayuno para sus hijos, consistente en chocolate cocido en un recipiente de aluminio, dándolo a sus hijos mientras su marido se hallaba en el campo cogiendo hierba para los conejos. Una vez que los hijos lo habían tomado, vertió el veneno en el chocolate que había de tomar su marido, llegando éste al poco tiempo, pidiendo su desayuno, dándoselo María con la sustancia tóxica dicha. Poco antes de que el marido se tomase el chocolate, la hija más pequeña del matrimonio, de cinco años de edad, al ver a su madre preparar el chocolate de su padre le manifestó que quería tomar más, apartándola la procesada con la mano diciéndole que eso era solo para su padre.

José, sin sospechar nada, ingirió el chocolate con el veneno puesto por su mujer, sintiendo al cabo de media hora los efectos del mismo, consistentes en agudos dolores en el vientre, que le obligaron a meterse en la cama. María, su mujer, que bien sabía a qué se debían dichos dolores, al cabo de algún tiempo dijo que iba a avisar al médico, sabiendo que no se hallaba en su casa, sin quela misma diese las señas de la casa en que su marido se hallaba enfermo. En vista de que aumentaban los agudos dolores de José, el mayor de sus hijos propuso llevarlo al Hospital Provincial de Castellón, viniendo también María y alguno más de sus hijos. Reconocido por el médico de guardia, al ver la fuerte intoxicación que padecía José, le preguntó a su esposa qué era lo que podía haber tomado, contestando ella, evasivamente, nada menos que acaso fuera un dragón o sapo venenoso que le hubiera caído en el desayuno; el estado del enfermo se agravó hasta el punto de que, dos días después, falleció, a las 13,30 horas, a consecuencia del envenenamiento sufrido.

La Audiencia Provincial de Castellón condenó a la procesada como autora de un delito de parricidio a la pena de muerte, estimando que concurrían las circunstancias agravantes de uso del veneno y premeditación, así como al pago de 250.000 pesetas a los hijos de José. La defensa recurrió la sentencia ante la Sala Penal del Tribunal Supremo, recurso que fue apoyado por el fiscal, alegando que la agravante de premeditación no debía ser apreciada por cuanto iba incluida dentro de la del uso del veneno. El Tribunal Supremo así lo consideró y sustituyó la pena de muerte por la de treinta años de reclusión mayor. 

El demonio de Sant Joan de Moró y los fantasmas de Viver y Montán

Pocas veces he podido leer una muerte tan horrorosa como esta que voy a narrar, que encima ocurrió en plenas fiestas. El hecho sucedió el 16 de febrero de 1896 cuando se celebraba en Sant Joan de Moró, entonces término municipal de Vilafamés, el segundo día de los carnavales. Un vecino de la localidad cuya identidad no he podido averiguar, participaba en dichas fiestas disfrazado de demonio y no tuvo otra ocurrencia, para desempeñar más vivamente su papel, que proveerse de cohetes de caña que iba encendiendo de modo que parecía que echaba fuego por la boca. Cuando ya solo le quedaba un último cohete, le prendió fuego por detrás con tan mala fortuna que el cohete le estalló dentro de la boca destrozándosela completamente, así como la cara.

Por si esto fuera poco, el público asistente a los carnavales consideró todo esto como una gracia más del individuo en cuestión, riéndole lo que ellos consideraban que era una gracia, ignorantes de lo que realmente había pasado. Las contorsiones, gritos de dolor y agonía que daba el pobre desgraciado los tomaban como una simulación y consideraba la gente que era una magnífica interpretación del demonio. El pobre hombre se dirigió a varias casas demandando auxilio, pero cuando llegaba a la puerta de cada una de ellas, se las cerraban impidiéndole el paso diciéndole que en casas de cristianos no puede entrar el demonio. Al final fue asistido médicamente, pero ya fue inútil y el pobre hombre falleció entre atroces dolores a las cuatro y media de la madrugada del día siguiente.

Los fantasmas de Viver

Extraño suceso ocurrido en el pueblo de Viver en la noche del día 11 de enero de 1922. En hora no determinada de la madrugada penetraron en el interior del domicilio de Pedro Orero Máñez, vecino de Viver y natural de Canals (Valencia), cuatro individuos con intención de robar, cosa que consiguieron, apoderándose en su beneficio de varias ropas y de 800 pesetas.

Hasta aquí todo parecía encajar dentro de la normalidad de un robo, pero lo extraordinario viene a continuación, y la fuente en la que baso este relato es sumamente fiable, pues es el comunicado oficial de la Guardia Civil. Los cuatro ladrones, tras cometer su fechoría, decidieron gastarle una broma a Orero. Para ello fueron al dormitorio donde este se hallaba felizmente durmiendo con su mujer, Francisca García, le sacaron de la cama, sin que el mismo se apercibiera de ello, despertándose pasadas tres horas encima de un colchón en el corral de su casa, donde lo habían depositado los ladrones. En su declaración a la Guardia Civil manifestó Orero que no se explicaba cómo su esposa no se enteró de nada. Vivir para ver. Está bien claro que este matrimonio no necesitaba somníferos para poder conciliar el sueño.

El fantasma de Montán

Curioso suceso ocurrido en Montán en el año 1909. José Gayete Pla, de 55 años de edad era un tipo peculiar. A lo largo de varias noches de diciembre de 1909 se dedicó a recorrer a pie las calles de su población revestido de una sábana blanca bajo la que llevaba un gran trabuco, cuyo cañón sobresalía de la misma. Vestido de esa manera recorría las calles dando el alto a las personas que encontraba en su camino. 

El lector puede imaginarse los sustos que se llevó la pobre gente que se topó con él cada una de estas noches, en unas calles mal iluminadas y solitarias, viendo aparecer a un individuo vestido de fantasma y con un trabuco que les ordenaba detenerse. En cuanto lo veían todos huían despavoridos.

Hay que decir que nunca disparó el arma en sus correrías, pero tanto hartaron a la gente de Montán estas gracias que un grupo de jóvenes decidió cortar por lo sano y acabar con las apariciones del fantasma. Así, la noche del 15 de diciembre de 1909 varios de ellos se apostaron en una esquina del pueblo y cuando por la noche vieron pasar al fantasma con su trabuco, le salieron al paso, acometiéndole, pero sin causarle daño alguno. El que echó a correr, lleno de miedo fue el fantasma. La Guardia Civil posteriormente le ocupó el trabuco. A partir de entonces se acabaron las apariciones del fantasma de Montán. 

El violador en serie de Castellón

Es de todos conocida la existencia del asesino en serie de Castellón, JFV, pero lo que resulta desconocido es que en Castellón hubo un violador en serie en el año 2002. El autor de los hechos no aparentaba por sus signos físicos y buena presencia ser un violador en serie. Llevé a cabo la acusación en juicio y quedé sorprendido de su aspecto pacífico y de su buena presencia, alto, delgado, bien vestido, ojos azules, tratándose, en cambio, de una persona sumamente peligrosa como se verá a continuación. Esperaba ver otra cosa muy diferente, habida cuenta de los hechos imputados. Catalin, de nacionalidad rumana tenía en el momento de los hechos 25 años de edad. Vino a España en el año 2002, trabajando como albañil en una localidad cercana a Castelló. Los fines de semana salía hasta altas horas de la madrugada, acudiendo a lugares de esparcimiento. 

El acusado era listo. Lo primero que hizo en el juicio fue renunciar a su abogado defensor. Era evidente su intención de retrasar el juicio, pues no supo dar explicaciones a las razones de dicha renuncia ni mencionó el nombre de algún otro abogado que prefiriese que le defendiera aparte de que solo planteó esta cuestión cuando empezaba el juicio, pudiendo haberlo hecho mucho antes. El tribunal, lógicamente, no accedió a dicha renuncia, continuando defendido por el mismo abogado.

En el juicio, a las víctimas se las protegió, permaneciendo en un local aparte para que no las pudiera ver el público, custodiadas por la Guardia Civil, declarando en el juicio tapadas por un biombo que evitaba que pudieran ser vistas por el público asistente a la Sala. El acusado, cuando le pregunté si era el autor de los hechos manifestó que no, que a la hora en que los mismos ocurrían él se encontraba durmiendo en su casa.

Modus operandi

El procedimiento seguido por el procesado era el de acechar a las chicas jóvenes que regresaban el domingo de madrugada a su domicilio, eligiendo a las que más le gustaban, siguiéndolas hasta que las mismas llegaban a su domicilio, y cuando abrían la puerta del portal, Catalin -nombre ficticio- se les acercaba como si se tratase de un vecino más, incluso simulando que sacaba unas llaves para abrir, de manera que hacía creer a su víctima que, de verdad, era un vecino, por lo que la misma le franqueaba la puerta. Una vez entraba con la joven en el portal, ya en el mismo o en el ascensor, atacaba a las mismas amenazándolas de muerte y esgrimiendo un cuchillo para evitar que se resistieran a sus repugnantes propósitos

De este modo, dicho individuo atacó a una joven a las seis de la madrugada del 3 de marzo de 2002 cuando la misma regresaba a su casa y atravesaba un descampado existente cerca de la estación de Renfe, atajo que había tomado para llegar antes. La amenazó de muerte y consumó la violación, causándole lesiones en las piernas.

Nueva actuación de este depravado tuvo lugar a las cinco de la madrugada del 21 de abril de 2002, agrediendo a una joven de 18 años en la calle Cartagena de Castelló, a la que golpeó para anular su resistencia, causándole lesiones, si bien ante los gritos de la joven no pudo consumar su propósito, huyendo del lugar. Actuó otra vez el 28 de abril de 2002, en que atacó a una mujer que entraba en el portal de su finca esgrimiendo una navaja, si bien no pudo consumar la violación ante la resistencia que ella opuso, asiendo con las manos la hoja de la navaja y empuñadura, hasta romper la hoja. La mujer sufrió lesiones, huyendo Catalin. Nuevas agresiones sexuales realizó este individuo, una, el día 12 y dos agresiones el 26 de mayo, no llegando a consumar las violaciones y otra el 7 de julio también de 2002 que sí consumó. Se apoderó del móvil de las víctimas en dos ocasiones. Hubo una decena de hechos similares en dicha época, con el mismo modus operandi, pero no pudieron ser probadas.

Condenado

Se le pudieron probar siete agresiones sexuales violentas, dos de ellas, violaciones consumadas. Pedí 57 años de prisión como autor de siete agresiones sexuales, dos robos con intimidación y dos delitos de lesiones. La Audiencia Provincial de Castellón le condenó en total a 44 años de cárcel y a indemnizaciones que superaban los 130.000 euros. El Tribunal Supremo confirmó dicha sentencia. 

Los vampiros de Benicarló

Terrible suceso ocurrido en Benicarló en 1921. El día 8 de mayo de dicho año desapareció el niño de 14 años Pascual Llopis Martínez. Había ido al cine –el Salón Cine Familiar- con otros amigos. Acabada la sesión salió del mismo, le acompañó hasta cerca de su casa uno de sus amigos, Joaquín. 

A partir de ahí se perdió todo rastro de Pascual. El niño desapareció como por ensalmo. Su madre, alarmada, lo buscó sin cesar, denunciando la desaparición del niño a la Guardia Civil. Las investigaciones no dieron ningún resultado.

Siete días después de su desaparición, en la mañana del día 15 de mayo de dicho año, fue encontrado el cuerpo del niño flotando en una balsa sita en el término municipal de Càlig, dentro de un saco hinchado por efectos del agua y en evidente estado de descomposición. Enterada la Guardia Civil de ello, acudió al lugar acompañada de un hermano del niño, el cual identificó el cadáver. 

Sin una gota de sangre

La autopsia acreditó que el niño había sido degollado, extrayéndole toda su sangre, teniendo seccionada la yugular y varias heridas en diferentes partes del cuerpo. 

Las investigaciones llevadas a cabo concluyeron que el crimen estaba relacionado con el curanderismo, habiéndole asesinado para utilizar la sangre del niño, así como su grasa, para curar a enfermos de tuberculosis y fabricar productos propios de los curanderos, existiendo la creencia de que dicha enfermedad, así como la lepra y algunas otras se curaban bebiendo la sangre de una persona joven y sana. Como es lógico, el crimen despertó una profunda ola de indignación y de temor en la ciudadanía, dejando los niños durante un buen tiempo de acudir al cine. El teniente coronel jefe de la comandancia de la Guardia Civil de Castellón, Arturo Roldán Trápaga, se trasladó a Benicarló para impulsar las diligencias.

Las investigaciones de la Guardia Civil apuntaban a que Pascual, al salir del cine, fue requerido por el o los criminales para que les acompañase a la estación de ferrocarril, distante a un kilómetro del pueblo, prometiéndole una buena gratificación. Ya fuera del pueblo le dieron un primer tajo en la garganta cortándole la yugular. Se suponía que inmediatamente un enfermo de tuberculosis bebió ávidamente la sangre que manaba de la herida, que consideraba que era el medio de curarse la enfermedad y, para que el niño no gritara le amordazaron con un pañuelo lo que concordaba con que la lengua del niño quedara entre los dientes. Luego se le causó una segunda herida en el cuello para rematarlo.

El Ayuntamiento de Benicarló expuso al público, en la puerta del mismo, el saco en cuyo interior se halló el cadáver de Pascual por orden del juez de instrucción el que, además, ordenó y así se realizó, que se pregonase por el pueblo un bando invitando al vecindario a pasar por el ayuntamiento y ver el mencionado saco con objeto de que, si alguien lo reconocía como perteneciente a algún conocido lo participase al juzgado. Prácticamente todo el pueblo de Benicarló desfiló ante el saco, sin que nadie lo reconociera.  

Paseo de Febrer Soriano, Benicarló

Paseo de Febrer Soriano, Benicarló

Nada se supo de los criminales. Diariamente se practicaban detenciones y se tomaban declaraciones a gente sospechosa de haber participado en el crimen, sin resultado alguno. El 16 de septiembre de 1921 el juez de instrucción de Vinaròs emplazaba por edictos, para que se personasen en el mismo, a los presuntos autores del asesinato del niño, dando sus señas particulares.

Dicho emplazamiento decía: «se cita, llama y emplaza a dos individuos desconocidos que estuvieron en la Ermita de San Gregorio, de la villa de Benicarló, el día de la fiesta 9 de mayo último, acompañados de dos mujeres y que vestían traje de americana de color oscuro, zapatos negros y sombrero flexible, uno de ellos muy chato –sic- con bigote recortado y más bajo que el otro para que comparezcan en este juzgado de instrucción dentro del término de diez días con objeto de recibirles declaración en el sumario número 28 del corriente año, sobre desaparición y muerte violenta del joven Pascual Llopis Martínez».

Es decir, se sospechaba de la intervención de cuatro personas en el hecho, las cuales, por la cuenta que les tenía, no aparecieron nunca. Alguien debió verlas acompañando al niño, pues no de otra manera se entiende la descripción detallada que se hace en el edicto. El crimen quedó impune para desgracia de la justicia.

Juan Salvador Salom Escrivá

El fiscal Juan Salvador Salom Escrivá, con más de 40 años de experiencia en Castellón, ha documentado la crónica negra de la provincia en su obra Crímenes olvidados de Castellón, dividida en tres volúmenes que recogen 1.750 delitos desde 1800 hasta 1936. Disponible en la librería Plácido Gómez, el libro aborda crímenes impactantes como asesinatos, envenenamientos y violencia doméstica, y está organizado por municipios, destacando la peculiaridad de los casos.

Salom, quien planea ampliar la obra hasta 1980, observa cambios en la delincuencia: en el pasado, los crímenes eran más impulsivos y relacionados con la falta de entretenimiento y el consumo de alcohol. También reflexiona sobre casos contemporáneos como el de Joaquín Ferrándiz, asesino en serie condenado a la máxima pena en su tiempo, y señala la ausencia de figuras similares en los registros históricos. Salom subraya cómo la maldad ha evolucionado, aunque la realidad siempre supera la ficción.

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