Rechazados todos los recursos
El Supremo avala 6 años de cárcel por disparar al novio de su ‘ex’ en Vila-real
El condenado, de 52 años, manipuló una escopeta de fogueo y disparó un cartucho que rozó la cabeza de la víctima, que estaba en la terraza de un bar

Imagen del procesado, custodiado por dos policías nacionales durante el juicio. / BIGNÉ
El Tribunal Supremo ha avalado los seis años de cárcel impuestos por la Audiencia Provincial y ratificados por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat a un vecino de Vila-real por el intento de asesinato, con arma de fuego, al novio de su exmujer.
Aunque la defensa ha recurrido en dos ocasiones la sentencia al considerar que no estaba acreditada la alevosía, la Justicia le recuerda que el procesado disparó un arma de fuego frente a una persona que se encontraba tranquilamente sentada en una terraza de un bar, por lo que para el Supremo la apreciación de la agravante de alevosía es adecuada.
¿Cómo sucedieron los hechos?
El condenado, natural de Sevilla y de 52 años, conocía la costumbre que tenía la víctima de acudir por las tardes, después del trabajo, a las instalaciones del Bar López de Vila-real. Sobre las 185 horas del día 15 de mayo del 2023, se acercó conduciendo un Audi A-3 al establecimiento y observado que el novio de su exmujer estaba sentado en la terraza con otras dos personas, aminoró la marcha al tiempo que se acercaba a la indicada terraza, invadiendo parcialmente el carril contrario. Como detalla la sentencia a la que ha tenido acceso este diario, al pasar junto a la víctima, utilizando un arma de fogueo que había modificado --incorporándole un cañón y que había cargado con un cartucho semimetálico de escopeta del calibre 32-- realizó un disparo que pasó rozando la cabeza del objetivo. El cartucho impactó en el toldo existente en la referida terraza y en una valla metálica que existía detrás, causando milagrosamente solo daños materiales. Seguidamente, abandonó el lugar y se deshizo del arma, que no ha sido encontrada.
También consideró acreditado la Audiencia que el condenado ya se había quedado mirando de forma desafiante e intimidatoria a la víctima, sin llegar a mayores.
El acusado carecía de licencia de armas en el momento de los hechos y había tenido numerosos procedimientos judiciales con su exmujer derivados de su divorcio.
La Audiencia de Castellón no vio probado que, como pretendía la defensa del procesado, en el momento de los hechos el acusado actuase condicionado, en mayor o menor medida, por el consumo previo de alcohol o de drogas.
El acusado dijo al tribunal durante el juicio, celebrado en mayo del año 2024, que cuando sucedieron los hechos estaba «borracho» y «drogado» y que «se me fue la cabeza». El hombre, que es cazador, no tiene licencia de armas en vigor. «Le disparé un tiro para asustarlo, porque se estaban riendo, pero no me detuve ni nada», dijo en su interrogatorio.
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