Condena tras morir una anciana de una residencia de Castelló por la agresión de otro
El centro y la Generalitat, que tutelaba al atacante, deberán indemnizar en 166.000 euros a los familiares por «dejadez en la vigilancia y control»

El TSJ ha admitido el recurso presentado contra una sentencia del Juzgado de lo Contencioso 2 de Castelló. / MEDITERRÁNEO
La muerte de una usuaria de una residencia de mayores de Castelló tras la agresión de otro interno ha acabado con una condena para la institución y la Generalitat valenciana (por ser la tutora del agresor), que deberán indemnizar de forma conjunta en la cantidad total de 166.000 euros a los familiares de la víctima mortal. Los hechos sucedieron en la residencia Savia de la capital, en el año 2019, según la sentencia de la Sección Cuarta de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, a la que ha tenido acceso Mediterráneo.
El alto tribunal valenciano declara probado que un interno, tutelado por la Generalitat valenciana, agredió a otra anciana, de 82 años en un ascensor. Le causó una herida inciso contusa en la tibia, con severas complicaciones presentadas a lo largo de la evolución. Entre ellas, necrosis cutánea, infección por estafilococo con aislamiento e injertos. La víctima fue presentando un deterioro progresivo con encamamiento y aumento de la dependencia para su actividad diaria. Dichas lesiones fueron mermando su inmunidad, suponiendo unos factores estresores para su organismo que la paciente no fue capaz de superar, produciéndole la muerte.
El altercado en un ascensor
Al parecer, el altercado entre los residentes tuvo lugar en un ascensor, cuando la víctima reprendió al agresor por haber insultado a otra anciana. Fue en ese momento cuando esta persona le propinó una patada que le hizo una herida abierta a la octogenaria y que acabaría complicándose hasta tal punto que acabó con el fallecimiento de la interna lesionada.
Según el documento judicial al que ha tenido acceso este diario, la Justicia determina que queda acreditada, por parte de la residencia, la «total y plena dejadez en las funciones de vigilancia y control sobre los internos del centro». Asimismo, establece que existe una «omisión por parte de la administración, dado que el agresor estaba sometido a la tutela de la Generalitat» (había sido inhabilitado judicialmente).
Como ha explicado la representación legal de la parte demandante, ejercida por el letrado Enrique Ferrer, la reclamación patrimonial se presentó en el Juzgado de lo Contencioso número 2 de Castelló, que derivó la causa al TSJCV, órgano competente al tratarse de una cuantía superior a los 30.000 euros. Ahora, el alto tribunal valenciano establece que los familiares de la víctima deberán percibir 166.106 euros en conceto de indemnización por parte de la administración demandada (la Generalitat), la mercantil en cuestión y la aseguradora de esta última.
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