Vuelven a absolverlo de maltratar, vejar y obligar a abortar a su mujer en la Vall d'Uixó

Su ‘ex’ lo acusaba de obligarla al sexo y decirle que se quedaría embarazada cuando él quisiera

Imagen del desarrollo del juicio oral en la Audiencia, en el que el varón resultó absuelto de todos los delitos.

Imagen del desarrollo del juicio oral en la Audiencia, en el que el varón resultó absuelto de todos los delitos. / MEDITERRÁNEO

CASTELLÓN

Desestimado el recurso de apelación y confirmada la decisión que ya adoptó la Audiencia Provincial de Castellón en primera instancia. El hombre, vecino de la Vall d’Uixó, que fue acusado por su exmujer y madre de sus dos hijos de supuestas vejaciones, violaciones e, incluso, inducción al aborto, ha vuelto a resultar absuelto de todos los cargos. El máximo órgano provincial no consideró acreditado el relato que hacía la denunciante y el alto tribunal valenciano ha confirmado ahora esa decisión.

Como ya avanzara en su día este periódico, aunque la mujer relató supuestos episodios de violencia machista vividos durante una década, los magistrados afirmaron que solo se acreditó «mala relación» entre las partes y «muchas discusiones», pero no los hechos denunciados. Como contara este diario tras la celebración del juicio, la mujer dijo que su expareja le espetaba: «te quedarás embarazada cuando a mí me dé la gana porque eres mía era suya». «Una vez me di cuenta de que no llevaba condón y le dije que parara, que así no quería; pero no me hizo caso. Muchas veces lo hacíamos sin querer yo, pero al final accedía por miedo y por no oírlo», declaró ella, protegida tras un parabán. Asimismo, la víctima aseguró que en una ocasión se sintió «obligada» a abortar.

Él, por su parte, quien ya había resultado absuelto en un procedimiento anterior, lo negó todo en un breve interrogatorio, ya que solo contestó a su defensa.

Los forenses

Por lo que respecta a las valoraciones realizadas por los médicos forenses, los peritos concluyeron que la mujer tendría a considerar «que no vale nada», llegando a sentirse «insignificante», presentando sintomatología depresiva reactiva y sentimiento de estar atrapada en un sentimiento de desprecio hacia ella».

«Ha quedado acreditado que había discusiones y gritos, pero nada se ha concretado en el tiempo respecto al resto de acusaciones, por lo que la imprecisión es total y no puede dictarse sentencia condenatoria», dijo el tribunal castellonense en su sentencia.

La decisión del TSJCV

Por su parte, el TSJCV incide en que «se trata, prácticamente, de la versión de la denunciante contra la del acusado». Respecto de los presuntos abusos sexuales, señala que la Sala tiene dudas fundadas sobre hechos concretos, tanto por no existir corroboración periférica, como al surgir la denuncia justo cuando el denunciado interpone demanda de procedimiento civil sobre guardia y custodia de los hijos en común. A través de todos los razonamientos, el TSJ ve ajustada la decisión de la Audiencia y, de hecho, destaca que la Fiscalía (en su día acusadora), impugnó el recurso de la acusación particular.

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