Se aproxima la fecha en la que el límite de velocidad dentro de los municipios de la provincia de Castellón quedará limitado para bajar la siniestralidad dentro de los cascos urbanos, uno de los objetivos que se ha planteado la Dirección General de Tráfico durante este 2021. A partir del 11 de mayo, los límites, a grandes rasgos, se establecerán en 50 km/h en las vías de dos o más carriles por sentido, en 30 km/h en vías de un único carril por sentido de circulación y en únicamente 20 km/h en vías en las que se comparta la zona destinada a los vehículos y la peatonal.
Pero la práctica se prevé más compleja que la teoría a la hora de que los agentes encargados de velar por el cumplimiento de estas nuevas normas en las vías urbanas sepan dictaminar los límites en situaciones determinadas. Por eso, la DGT ha hecho llegar a todos los ayuntamientos y tendrá disponible en las webs de la DGT y de la FEMP (Federación Española de Municipios y Provincias) para su descarga un manual práctico que a continuación detallamos, con imágenes de cada situación concreta. Tomen nota.
VÍAS CON PLATAFORMA ÚNICA DE CALZADA Y ACERA
1. Único carril por sentido de circulación con plataforma única de calzada y acera
2. Único carril por sentido de circulación con plataforma única de calzada y acera para dos sentidos de circulación
VÍAS URBANAS CON UN ÚNICO CARRIL POR SENTIDO DE CIRCULACIÓN
3. Único carril por sentido de circulación
4. Ciclovía
5. Único carril por sentido de circulación
6. Único carril por sentido de circulación
VÍAS URBANAS CON DOS CARRILES POR SENTIDO DE CIRCULACIÓN
7. Dos carriles por sentido de circulación
8. Dos carriles por sentido de circulación
9. Dos carriles por sentido de circulación, siendo uno ciclocarril
10. Dos carriles por sentido de circulación, siendo uno reservado para transporte público y motos sin segregar
11. Dos carriles por sentido de circulación, siendo uno reservado para transporte público segregado
12. Dos carriles por sentido de circulación, siendo uno reservado para bicicletas
13. Dos carriles por sentido de circulación, siendo uno ciclocarril y uno reservado para transporte público sin segregar
14. Dos carriles por sentido de circulación, siendo uno ciclocarril y uno reservado para transporte público segregado
VÍAS URBANAS CON TRES CARRILES POR SENTIDO DE CIRCULACIÓN
15. Tres carriles por sentido de circulación
16. Tres carriles por sentido de circulación, siendo uno ciclocarril
17. Tres carriles por sentido de circulación, siendo uno reservado para el transporte público sin segregar
18. Tres carriles por sentido de circulación, siendo uno reservado para el transporte público segregado
19. Tres carriles por sentido de circulación, siendo uno ciclocarril y otro reservado para transporte público sin segregar
20. Tres carriles por sentido de circulación, siendo uno ciclocarril y otro reservado para transporte público segregado
21. Tres carriles por sentido de circulación, siendo uno reservado para bicicletas y otro reservado para transporte público sin segregar
VÍAS URBANAS CON MÁS DE TRES CARRILES POR SENTIDO DE CIRCULACIÓN
22. Más de tres carriles por sentido de circulación
23. Más de tres carriles por sentido de circulación, siendo uno ciclocarril
24. Más de tres carriles por sentido de circulación, siendo uno ciclocarril y otro reservado para transporte público segregado
25. Más de tres carriles por sentido de circulación, siendo uno reservado para bicicletas
26. Más de tres carriles por sentido de circulación, siendo uno reservado para bicicletas y otro reservado para transporte público sin segregar
27. Más de tres carriles por sentido de circulación, siendo uno reservado para bicicletas y otro reservado para transporte público segregado
OTRAS VÍAS URBANAS
28. Travesías
29. Autovías y autopistas urbanas
ANEXO OTROS CASOS
30. Único carril por sentido de circulación con plataforma única de calzada y acera y separación física del flujo peatonal
31. Dos carriles por sentido de circulación, siendo uno ciclocarril
32. Vías con un carril en un sentido de circulación y dos carriles en el otro sentido