El pleno del Consell ha aprobado el decreto que regula la concesión directa de las ayudas de la línea covid del Estado a personas autónomas y empresas de la Comunitat Valenciana para reforzar su solvencia y contribuir a la reducción de su endeudamiento con una dotación de 647 millones de euros, dentro del plan Resistir Plus.

Los beneficiarios de las subvenciones serán los empresarios, profesionales y entidades más afectados por la pandemia con domicilio fiscal en la Comunitat Valenciana que hayan realizado durante 2019 y 2020, al menos, una actividad clasificada dentro de los 184 sectores previstos y continúen en su ejercicio en el momento de su entrada en vigor.

Asimismo, también podrán recibir esta aportación las compañías cuyo volumen de operaciones en 2020 haya sido superior a 10 millones de euros y que desarrollen su actividad económica en más de un territorio, siendo uno de ellos la Comunitat Valenciana o los grupos consolidados que tributen en el Impuesto sobre Sociedades en régimen de tributación consolidada si operan en la comunidad.

Serán subvencionables los gastos que se destinen a satisfacer la deuda y pagos pendientes con proveedores, acreedores financieros y no financieros, siempre y cuando estos se hayan devengado entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021 y procedan de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021.

Cuantía de la ayuda y financiación

La cuantía y resolución de la ayuda para las empresas, profesionales o entidades beneficiarios se determinará en dos fases. En una primera fase, se resolverán las solicitudes de aquellos empresarios y empresarias o profesionales que se apliquen el régimen de estimación objetiva en el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas), más conocido como tributación por módulos. En este caso, se dotará una cantidad fija equivalente al volumen de deudas pendientes declaradas por el solicitante, con un máximo de 3.000 euros.

En una segunda fase, se resolverán las solicitudes para aquellos empresarios y profesionales que se apliquen el régimen de estimación directa en el IRPF, así como entidades y establecimientos cuyo volumen de operaciones anual haya caído más del 30% en el año 2020 respecto al año 2019.

Esta ayuda no podrá ser nunca inferior a 4.000 euros pudiendo llegar hasta los 200.000 euros, siempre con el límite de las deudas pendientes declaradas por el solicitante. Para las ayudas de esta segunda fase hay previsto un presupuesto de 447.081.980 euros y su resolución se realizará por etapas. En una primera etapa se concederá un importe mínimo garantizado de 4.000 euros a los solicitantes que cumplan los requisitos. Una vez garantizada esta cuantía mínima, se procederá a una segunda asignación con el crédito restante para aquellos que todavía no hayan visto cubierto con el importe mínimo todas sus deudas pendientes comunicadas.

Plazo de solicitud

Las solicitudes se presentarán únicamente de forma telemática en la sede electrónica de la Generalitat y en el caso de aquellas entidades que hagan la solicitud a través de un representante, este deberá estar obligatoriamente inscrito en el Registro de Representantes.

El plazo de solicitud de cita previa para las solicitudes que formulen las personas solicitantes que apliquen el régimen de tributación por módulos será entre las 09:00h del día 31 de mayo de 2021 y las 23:59h del 4 de junio.

Para el resto de los beneficiarios y las beneficiarias no contemplados en el apartado anterior, el plazo de petición de hora se iniciará a las 09:00 horas del día 7 de junio de 2021 y finalizará el día 11 de junio.

De esta forma, la solicitud, en cualquiera de las tipologías, se realizará en dos trámites. El primero de ellos, servirá para solicitar la fecha y franja horaria en la que las empresas deberán presentar sus solicitudes y no requerirá firma electrónica, sino únicamente la identificación de la empresa y un correo electrónico. En cambio, el segundo trámite consistirá en la presentación de la solicitud y de los documentos necesarios para la misma, que deberá realizarse obligatoriamente dentro del plazo asignado en la cita previa.