A estas alturas de la semana todavía hay quien duda qué hacer el próximo 24 de junio. Este año el día de Sant Joan es festivo en la Comunitat Valenciana, pero un festivo que lleva dos apellidos: retribuido y recuperable. Y eso significa que el jueves los trabajadores no tienen obligación de prestar servicios, pero sino lo hacen están obligados a recuperar esas horas a lo largo del año.

La fórmula del festivo recuperable, utilizada por la Generalitat Valenciana porque los 14 festivos anuales ya estaban cubiertos y solo existía esa posibilidad, está trayendo de cabeza a trabajadores y empresarios de Castellón. En muchos negocios, sobre todo los más pequeños, reconocen que es un "lío monumental" y en la provincia habrá establecimientos que cerrarán sus puertas y otros muchos que las abrirán.

Entre lo que si trabajarán el día 24 están el grueso de la plantilla del sector azulejero de Castellón. El día 24 no ha sido escogido o pactado como festivo y, además, para recuperar esa jornada tenía que ser en sábado porque este año hay exceso de jornada. La construcción es otro de los sectores donde mayoritariamente los empleados acudirán 'al tajo' pese a ser festivo.

La Administración sí cerrará y para hacer un trámite presencial en cualquier ayuntamiento, delegación de Hacienda, Seguridad Social o en los juzgados habrá que esperar a otro día. Centros de salud y ambulatorios de la provincia también estarán cerrados, mientas que en los hospitales los turnos de trabajo serán los mismos que en una jornada festiva ordinaria.

Quienes tampoco abrirán son las grandes superficies comerciales (Salera, Stepark, El Corte Inglés... ) y supermercados como Mercadona o Consum (este último excepto las tiendas de Alcossebre, Peñíscola, Benicàssim u Orpesa que abrirán de 9.00 a 14.30 horas). 

A los empresarios de Castellón la fórmula del festivo recuperable no les gusta nada. «Así lo hicimos saber en el Consejo Tripartito de Relaciones Laborales, como también lo hicieron los sindicatos UGT y CCOO. Fijarlo como recuperable conlleva inseguridad a la hora de establecer los calendarios laborales y va a tener un efecto negativo tanto para las empresas como para los trabajadores», argumentan desde la patronal autonómica CEV.

¿Cuándo hay que recuperar el día?

El festivo recuperable está regulado en el artículo 37.2 del Estatuto de los Trabajadores. “Si alguna comunidad autónoma no pudiera establecer una de sus fiestas tradicionales por no coincidir con domingo un suficiente número de fiestas nacionales podrá, en el año que así ocurra, añadir una fiesta más, con carácter de recuperable, al máximo de catorce”, señala el texto legal.

No obstante, la norma no establece cuándo y cómo deben recuperarse esas horas. Ese tema queda en manos de la propia negociación que haga cada trabajador con la empresa.