La Junta de Gobierno de la Diputación de Castellón ha aprobado este martes el expediente y pliego de condiciones del servicio de refuerzo de tratamiento aéreo con helicóptero para el control de mosquitos en la provincia, lo que permitirá que, en caso de necesidad, se puedan realizar cuatro vuelos durante la temporada.

La diputada de Medio Natural, María Jiménez, ha explicado que esta operación que saldrá a licitación por valor de 204.000 euros puede llevarse a cabo gracias a la modificación de crédito aprobada en su día por el pleno de la Diputación, a instancias del equipo de gobierno.

Dos al año ya realizados

Según ha recordado, desde que existe el Plan Provincial contra los Mosquitos se contemplaba la realización de un vuelo al año, aunque en el nuevo contrato adjudicado para 2022 se amplió a dos. Dos acciones aéreas que fue necesario acometer el pasado mes de mayo debido al largo periodo de lluvias que se produjo, seguido de episodios de altas temperaturas, circunstancia que provocó una gran proliferación de mosquitos en un momento en el que no era posible el acceso terrestre a determinadas zonas inundadas.

En previsión de que a lo largo de la temporada puedan presentarse episodios similares, el pleno de la Diputación aprobó una modificación de crédito con la que podrán realizarse cuatro vuelos más.

Y es que, según la diputada de Medio Natural, María Jiménez, «la lucha contra los mosquitos es una prioridad para el equipo de gobierno de la Diputación». Por ello, añade, «siguiendo los criterios de los expertos, a un menor coste, se ha incrementado un 30% el número de jornadas de tratamientos terrestres respecto a ejercicios anteriores».

Tratamientos terrestres prioritarios

Como viene reiterando la diputada, «son los expertos los que aconsejan que los tratamientos terrestres sean prioritarios, porque sirven para atacar tanto a larvas como a individuos adultos, a diferencia de los tratamientos aéreos, que solo tienen efecto sobre las larvas».

Jiménez insiste en que la normativa europea existente determina que los tratamientos aéreos sean excepcionales y solo se lleven a cabo cuando se den determinadas circunstancias, con la previa autorización de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública.