Cambios normativos

Facilidades para las microempresas y dificultades para el ahorro: los economistas de Castellón avanzan las novedades de 2025

El colegio oficial de la provincia da a conocer el nuevo panorama en materia de impuestos, y cómo puede afectar a ciudadanos y empresas

José Manuel Salvador, decano del Colegio de Economistas de Castellón.

José Manuel Salvador, decano del Colegio de Economistas de Castellón. / Mediterráneo

Bartomeu Roig

Bartomeu Roig

El nuevo año implica una serie de actualizaciones y cambios en numerosos ámbitos de la actividad cotidiana. Entre ellos, los impuestos y gastos referidos a la actividad empresarial. Para facilitar el conocimiento entre empresas y particulares, el Colegio de Economistas de Castellón ha dado a conocer las novedades fiscales y laborales para 2025. Unos cambios que califican de "importantes". El decano presidente de la entidad, José Manuel Salvador, los traslada al tejido productivo "para que sea conocedor y pueda aprovechar los beneficios que se puedan aplicar". En total son una veintena "los cambios en política fiscal, laboral y en pensiones", añade.

Renta

En el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas hay cuatro novedades. Primero, hay un aumento en el tipo del gravamen del ahorro a partir de bases liquidables superiores a 300.000 euros, con efectos a partir del 1 de enero, que asciende del 28% al 30%. Algo que penaliza el ahorro.

En segundo lugar, los trabajadores afectados por la dana en Valencia estarán exentos de pagar el IRPF y el Impuesto de Sociedades por aquellas cantidades que hayan recibido de sus empleadores y/o familiares destinadas al pago de daños personales o materiales en viviendas, enseres o vehículos. En tercer lugar, una reducción del 30% en los rendimientos de actividades artísticas obtenidos de manera excepcional. Implica a obras literarias, artísticas, científicas, artes escénicas, audiovisuales, musicales e iniciativas técnicas. Y en cuarto lugar, quedan sin efecto las solicitudes de devolución del IRPF presentadas por mutualistas en determinados casos.

Impuesto de sociedades

Por su parte, en el Impuesto de Sociedades hay cinco novedades. Al respecto, cabe destacar una nueva rebaja del tipo de gravamen para microempresas (aquellas con una cifra de negocio inferior a 1 millón de euros) y pequeñas (facturación a 10 millón de euros), que se irá introduciendo en tres años para el primer caso y en cinco para las de reducida dimensión.

Concretamente, en microempresas, quedará en el 21% en 2025, 19% en 2026 y 17% en 2027; y en las pequeñas, un 24% en 2025, 23% en 2026 y 22% en 2027.  

Siguiendo con el impuesto de sociedades, se recupera la obligación de reversión de pérdidas por deterioro de valores representativos de participación en el capital o en los fondos propios de entidades, deducibles en la base imponible del Impuesto sobre Sociedades. También se amplían las restricciones a la compensación de bases imponibles negativas: si es inferior o igual a 20 millones, seguirá en el límite del 70%; si es superior a 20 millones, hasta el 50%; y por encima de 60 millones, hasta el límite del 25%. Asimismo, se extiende el límite a la compensación de bases imponibles negativas en grupos fiscales, y se prorroga a los periodos impositivos iniciados en 2024 y 2025.

Además, se modifica el incentivo fiscal de la reserva de capitalización con la que se pretende potenciar la capitalización empresarial aumentando el porcentaje de reducción aplicable sobre el alza de fondos propios, dependiendo de las circunstancias: un 20% sin incremento de la plantilla media total; un 23% con una subida de la plantilla media total entre 2% y 5%; un 26,5% con un alza de entre 5% y 10%; y 30% con uno superior al 10%. Crece, asimismo, el límite máximo de la reducción por reserva de capitalización a 20% en general y 25% para microempresas.

Vertiente laboral: sube el salario mínimo

En cuanto las novedades laborales, el salario mínimo interprofesional mejora este año un 4,41%, alcanzando los 1.184 euros brutos mensuales en 14 pagas; mientras las bases mínimas subirán automáticamente en el mismo porcentaje que el SMI, más un sexto adicional, y las máximas se fijarán aplicando un incremento del 2,8% (correspondiente a la revalorización de pensiones aprobada), más un 1,2% adicional.

En materia de trabajo, en 2025 la cotización correspondiente al mecanismo de equidad Intergeneracional será de 0.80 % y la adicional de seguridad será de un 0,92 % y el 1,17%. En el caso de los ERTE, se amplía el plazo que condiciona el mantenimiento del empleo en las exenciones en la cotización cuando se solicita este expediente de regulación, que se extenderá entre un mínimo de seis meses y un máximo de dos años tras la finalización del ERTE (ahora es de seis meses).

No se podrá despedir si se han recibido ayudas por la guerra en Ucrania

Al mismo tiempo, se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2025 la prohibición de utilizar el aumento de los costes energéticos como causa objetiva de despido en las empresas que se beneficien de apoyo público y se acojan a medidas de reducción de jornada o suspensión de contratos por causas relacionadas con la invasión de Ucrania.

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