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¿Qué cubre el seguro tras un incendio y qué deben hacer los afectados?

UNESPA explica las principales coberturas para los afectados por un incendio y los pasos que deben seguir para comunicar los daños y solicitar las indemnizaciones

Bomberos combatiendo las llamas en el incendio de la Vall d'Uixó este domingo.

Bomberos combatiendo las llamas en el incendio de la Vall d'Uixó este domingo. / Consorcio Provincial de Bomberos de Castellón

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Castellón

Los seguros pueden cubrir los daños ocasionados por un incendio en viviendas, comercios, industrias y vehículos, así como determinados gastos derivados de la extinción y de las labores posteriores. Ante el incendio registrado en la provincia de Castellón, UNESPA, la asociación empresarial del seguro, recuerda cuáles son las principales coberturas y qué pasos deben seguir las personas afectadas.

Los seguros multirriesgo de hogar, comunidades de propietarios, comercios e industrias incluyen habitualmente la cobertura frente a incendios y los daños derivados del humo. También pueden contemplar los gastos relacionados con la extinción del fuego y con las tareas posteriores, como la retirada de enseres, el desescombro o la reposición de determinados documentos que hayan quedado destruidos.

¿Qué seguro cubre cada daño?

En el caso de una vivienda, el seguro de hogar puede cubrir tanto los daños en el continente —como paredes, puertas o ventanas— como los ocasionados en el contenido, entre ellos muebles, electrodomésticos y otros enseres que hubiera dentro de la vivienda.

Si el incendio afecta a un comercio, el seguro correspondiente puede cubrir los daños sufridos por el local — paredes, puertas o ventanas — y por los bienes que se encontraban en su interior, como mobiliario o mercancías.

En las comunidades de propietarios, el seguro comunitario puede hacerse cargo de los daños en elementos de las zonas comunes — tanto del continente como del contenido — y en la construcción, mientras que cada propietario deberá recurrir a su seguro de hogar o comercio para los bienes de su propiedad.

En el caso de las industrias, las pólizas pueden cubrir tanto los daños en el inmueble como los producidos en maquinaria y existencias.

Los vehículos también pueden estar protegidos frente a los incendios. Los automóviles asegurados a todo riesgo cuentan con esta cobertura, mientras que en el resto de pólizas será necesario comprobar las condiciones contratadas.

Los propietarios que tenían su vivienda, local o nave industrial alquilados también podrían recibir una indemnización por la pérdida de las rentas que percibían de sus inquilinos, siempre que esta cobertura estuviera contemplada en el contrato de seguro. La cantidad y el periodo de tiempo cubiertos dependerán de las condiciones estipuladas en cada póliza.

Por su parte, las cosechas y las explotaciones ganaderas aseguradas cuentan con la protección del seguro agrario gestionado por Agroseguro. La cobertura incluye los daños provocados por el fuego en las producciones agrícolas y ganaderas aseguradas y, en determinados casos, también los daños ocasionados por la creación de cortafuegos preventivos.

En caso de fallecimiento, si la persona tenía contratado un seguro de vida, la compañía aseguradora indemnizará a los beneficiarios que hubiera designado en el contrato. Por otro lado, los seguros de accidentes pueden cubrir las indemnizaciones correspondientes a las personas que hayan resultado heridas.

Además, la investigación de la Policía Judicial determinará si existe algún tipo de responsabilidad relacionada con el inicio o la propagación del incendio. En caso de que se establezca una responsabilidad que dé lugar a reclamaciones, podría intervenir también algún seguro de responsabilidad civil adicional.

¿Cuánto dinero se puede recibir?

La indemnización dependerá de las condiciones de cada póliza y del capital asegurado. Según UNESPA, las aseguradoras indemnizarán los daños producidos, pero la cantidad no podrá superar el valor del bien destruido ni el límite establecido en el contrato.

¿Qué ocurre si la vivienda ha quedado inhabitable?

Algunas pólizas de hogar incluyen una cobertura de inhabitabilidad. En estos casos, la aseguradora puede ofrecer ayuda para encontrar un alojamiento temporal, durante el periodo y por el importe establecidos en el contrato.

Los afectados deben conservar los recibos y justificantes de los gastos que realicen, ya que pueden ser necesarios para acreditar posteriormente esos desembolsos ante la compañía aseguradora.

¿Y si el incendio obliga a cerrar un negocio?

Los seguros de comercio e industrias pueden incluir una cobertura por pérdida de beneficios derivada de la paralización de la actividad causada por el incendio. Sin embargo, UNESPA recuerda que, por regla general, para activar esta cobertura debe existir un daño material directo causado por el incendio y cubierto por la póliza.

Por tanto, un confinamiento o desalojo ordenado por las autoridades que provoque la paralización de una actividad no daría lugar por sí mismo a una indemnización por pérdida de beneficios si no existe un daño material directo cubierto, salvo que el contrato contemple expresamente una cobertura específica.

¿Qué deben hacer los afectados?

Una vez que el incendio haya sido extinguido y sea seguro acceder a las zonas afectadas, los damnificados deben comunicar el siniestro a su aseguradora o a su mediador habitual —agente, corredor o entidad bancaria—.

Si una persona no recuerda con qué compañía tenía contratado su seguro, puede consultar a su mediador o revisar los movimientos de su cuenta bancaria para localizar los cargos correspondientes a la póliza.

En el caso de las explotaciones agrícolas y ganaderas, UNESPA señala que no es necesario comunicar el siniestro de forma inmediata. Una vez extinguido el incendio y cuando sea posible acceder con seguridad a la explotación para evaluar los daños, el productor debe contactar con su mediador y comunicar el siniestro a Agroseguro.

¿Interviene el Consorcio de Compensación de Seguros?

Los incendios no se encuentran, con carácter general, entre los eventos cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS). La atención de los daños corresponderá a las aseguradoras de los bienes y personas que dispongan de las coberturas correspondientes.

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