La empresa de trabajo temporal ACCESS podría ser sancionada con hasta 601.012,10 euros (100 millones de pesetas) por la aparición de currículos de su propiedad esparcidos por varias calles de Castellón. Según la Ley de Protección de Datos, este tipo de casos se tipifica como una infracción muy grave, para la que se establecen multas que van desde los 300.506,05 euros (50 millones de pesetas) hasta esos 601.012,10 euros.

Muchos de los afectados estudian la posibilidad de interponer una demanda contra la ETT, como ya recogió Mediterráneo en su edición de ayer. Nadie termina de creerse lo sucedido y menos cómo la empresa de trabajo temporal fue incapaz de destruir completamente las fichas, que no sólo implican a castellonenses, sino también a ciudadanos de otras provincias, caso de Cádiz o San Sebastián.

La legislación vigente, que está a disposición de cualquier usuario en internet, especifica en su título II, artículo 4.5, que "los datos de carácter personal serán cancelados cuando hayan dejado de ser necesarios".

El artículo 9 trata de forma especial la denominada Seguridad de los datos y en su punto 1 aclara que "el responsable del fichero y, en su caso, el encargado del tratamiento, deberán adoptar las medidas de índole técnica y organizativas necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso autorizado".