El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) reconoce el derecho de la UJI a incluir en sus estatutos la frase académicamente lengua catalana, que fue suprimida por el Consell de la Generalitat mediante un decreto "contrario a derecho". Sin embargo, el TSJCV ha desestimado los puntos que justifican la utilización del término País Valenciano en sustitución de Comunidad Valenciana y en el que se indica que la lengua oficial es la lengua propia, puesto que señala que en la Universitat son las lenguas oficiales de la Comunidad Valenciana, es decir, el valenciano y el castellano.

Respecto al recurso presentado por la frase académicamente lengua catalana, la resolución afirma que esta cuestión "ya ha sido resuelta" mediante un sentencia que el Tribunal Constitucional tras un "caso semejante" con la Universitat de Val¨ncia. La misma estableció que equiparar la lengua valenciana con la catalana no contradice el Estatuto de Autonomía ni la Ley de las Cortes Valencianas. Según constató, no se había transformado la denominación del valenciano, sino que se limitó a permitir que dentro de la Universitat pudiera ser conocido también como catalán.

Respecto a la sustitución de País Valenci por Comunidad Valenciana, el TSJCV subraya que ésta no constituye una vulneración de la autonomía universitaria. Según indica, su desarrollo debe someterse a los principios legales que afirman que el término oficial es Comunidad Valenciana. Asimismo, establece que las lengua oficial "son las oficiales de la Comunidad Valenciana".