La Conselleria de Medio Ambiente ha querido recordar que está prohibida la circulación de todo tipo de vehículos campo a través, es decir, fuera de las pistas y sendas forestales, excepto cuando el tránsito sea necesario para realizar funciones de vigilancia, trabajos autorizados y en los casos de emergencia o de fuerza mayor.

La norma no se limita a los espacios naturales protegidos, sino a cualquier terreno forestal. Además, en el caso de los vehículos a motor está prohibido ir por sendas forestales.

La velocidad de circulación se limita a 30 kilómetros hora y los vehículos deberán estar equipados con el dispositivo silenciador de su homologación. Los sin motor podrán circular por sendas en las que no esté expresamente prohibido.