Tiene derecho un concejal de baja por paternidad a emitir su voto desde casa valiéndose del sistema de videoconferencia? No, según la ley 781/1986 a la que se acoge el secretario general del pleno del Ayuntamiento de Castellón. José Marco ha redactado un informe contrario a la pretensión del portavoz del Bloc, Enric Nomdedéu, que pide al equipo de gobierno la implantación de un sistema alternativo de voto a distancia similar al que ya dispone Les Corts Valencianes o el Ayuntamiento de Barcelona.

El secretario rechaza esta idea con tres argumentos. La citada ley obliga a los concejales a concurrir a los plenos "con voz y voto"; no son necesarias normas para conciliar la vida laboral y familiar de los ediles porque "son poco numerosas las sesiones"; y, por último, es "difícil" considerar "causa justa" el permiso por paternidad, según afirma el informe. Al no ser vinculante, la implantación del sistema de voto no presencial dependerá del apoyo del PP en el pleno del próximo jueves.

El portavoz del Bloc compareció ayer para anunciar que no sólo mantendrá su moción sobre este asunto para el pleno sino que acudirá al Tribunal Constitucional si el informe externo que encargue avala la conciliación familiar. "No he planteado esto como una batalla personal, sino como algo que acabará sucediendo en todas las instituciones públicas, se trata de que Castellón se avance al tiempo o quedemos en ridículo", dijo.

Lanzado el debate, Nomdedéu recordó al secretario que "Carlos Fabra no vino a los plenos durante varios años y eso no menoscabó la calidad de los debates igual que hay concejales que nunca intervienen", y señaló que la Ley de Igualdad 3/2007 avala los permisos de paternidad para los cargos electos. "La moción tendrá el apoyo del PSPV y espero que salga adelante con el voto de la concejala de Igualdad --Beatriz Gascó-- porque si no lo hace deberá dimitir", dijo.