La Fiscalía de Castellón recurrirá la sentencia de la Audiencia Provincial referente a los vertidos tóxicos en el vertedero del Garrut, en la Vall d’Uixó, que absuelve al vicepresidente de la Diputación Vicent Aparici de los delitos contra el medio ambiente y de prevaricación medioambiental, de los que le acusaba el Ministerio Fiscal, mientras fue alcalde de la Vall, entre 1995 y el 2003. La sentencia también absuelve a los entonces concejales Alfonso López y Enrique Segarra del delito de prevaricación medioambiental.

Fuentes del Ministerio Fiscal informaron ayer que han anunciado ante la Sección Primera de la Audiencia, “al no compartir sus razonamientos jurídicos”, la preparación del recurso de casación ante el Tribunal Supremo contra la sentencia dictada.

El fundamento del mismo “es la infracción de ley, al amparo de lo dispuesto en el artículo 849. 1º de la ley de enjuiciamiento criminal, por la no aplicación a los citados acusados de los artículos del Código Penal que castigan estos delitos”, detallaron.

El tribunal sí condenó a una pena de 13 meses y medio de prisión y una multa de 2.880 euros al propietario de la mercantil que depositaba los residuos en el vertedero del Garrut, Marcelino Carretero, como autor de un delito contra el medio ambiente.

En este sentido, consideraba que el empresario Carretero, “con conocimiento de las condiciones impuestas en los pliegos de condiciones para el funcionamiento del vertedero, las incumplió, produciéndose tras el verano de 1999 la combustión del vertedero, que se convirtió en un potente foco de emisión de sustancias contaminantes y gases tóxicos susceptibles de dañar la salud”.

Pero absolvió a Aparici porque entendió que “la problemática de este vertedero fue objeto de actuaciones del Ayuntamiento tendentes a controlar y reducir el riesgo contaminante del mismo”. La Fiscalía también acusaba a Aparici y los exdiles de prevaricación medioambiental, pero la sala explica que este supone “informar favorablemente la concesión de licencias manifiestamente ilegales que autoricen el funcionamiento de actividades contaminantes” y considera que ello “no se puede predicar del alcalde y concejales”. H