Un juzgado de Castellón obligará a que la Generalitat siga pagando a una mujer las ayudas al préstamo de VPO, que recientemente eliminó el Gobierno a través de un real decreto. Se trata de la primera sentencia de este tipo en España, según resaltó ayer la Plataforma de Afectados de Ayudas a la Vivienda, que instará a que se reconozca lo mismo para todos los afectados y criticó que, hoy por hoy, tengan que acudir al juzgado, con el consiguiente coste. Desde la Conselleria de Infraestructuras apuntaron ayer que su función es puramente la de “tramitar” las ayudas, por lo cual ahora, la sentencia recibida, “se trasladará al Ministerio”.

PAGO DE INDEMNIZACIÓN // El juzgado contencioso-administrativo nº 2 de Castellón, según el veredicto, obliga a la Generalitat --intermediaria-- a seguir abonando la ayuda --y las atrasadas-- para el pago de las cuotas de adquisición de una vivienda de promoción pública (VPP), después de que se le negara su renovación pasados cinco años. El dictamen se produce tras la anulación de la subsidiación por parte de la Generalitat, al aprobar el Ministerio el Real Decreto 20/2012.

La sentencia, fechada el pasado 16 de septiembre, relata que en febrero del 2007 la Conselleria otorgó a la demandante la financiación de la adquisición de una VPP durante 10 años. El compromiso era subvencionar una parte de la cuota y renovarlo a los cinco años, si se mantenían los requisitos que llevaron a su concesión.

Pasados cinco años, el 15 de octubre del 2012, la beneficiaria pidió la prórroga, acreditándolo con toda la documentación, pero no fue admitida. Y lo recurrió sin éxito, hasta llegar al juzgado. Ante los tribunales explicó que no le renovaron al aplicar una normativa diferente, el real decreto 20/2012 a la que había cuando se la dieron por primera vez. Para el juez, lo que importa es que al aprobar la ayuda “en la casilla correspondiente al tiempo de duración se establece expresamente diez años; y por tanto es un derecho ya reconocido”. H