Castellón, 25 sep (EFE).- El presidente de la Audiencia de Castellón, José Manuel Marco, cree que la decisión de la Sección Primera de suspender el ingreso en prisión del expresidente de la Diputación Carlos Fabra hasta que se vea su petición de indulto "no contribuye al prestigio de la institución judicial en su conjunto".

En declaraciones a los periodistas, Marco ha afirmado que la Sección Primera "se apartó" del acuerdo no jurisdiccional adoptado por unanimidad al conceder a Carlos Fabra dicha suspensión temporal, que introduce, a su juicio, "cierta disfunción".

Preguntado por su opinión sobre la concesión de la suspensión mientras el Gobierno decide sobre el indulto solicitado por el expresidente del PP y de la Diputación de Castellón, Jose Manuel Marco ha precisado: "ni puedo ni debo decir nada que pudiera interferir".

Sin embargo ha reconocido que la Sección Primera adoptó esta medida solicitada por Fabra "apartándose" de un acuerdo previo no jurisdiccional aprobado por unanimidad por los magistrados de la Audiencia para actuar de manera unificada sobre la concesión de esta medida concreta recogida en el artículo 4 del Código Penal.

El acuerdo contempla la no concesión de la suspensión temporal del ingreso en prisión mientras se decide sobre la petición de indulto cuando la pena impuesta es superior a 3 años de prisión.

El expresidente de la Diputación de Castellón fue condenado a cuatro años de prisión por cuatro delitos distintos contra la Hacienda Pública.

Marco ha dicho que el acuerdo de los magistrados "no es vinculantes jurídicamente", pero "sí que desempeña una cuestión muy importante de seguridad jurídica".

El presidente ha explicado que este tipo de acuerdo sirve por un lado para que los magistrados "resuelvan discrepancias de opinión o se acuerde cómo actuar en una cuestión controvertida, como es la suspensión de una pena".

Además, el acuerdo contribuye a la seguridad jurídica porque "es predecible y previsible la decisión del tribunal", y esto es "muy importante".

A juicio de José Manuel Marco, "si se adopta una decisión judicial apartándose de un acuerdo tomado por unanimidad" se introduce una "cierta disfunción" y "no contribuye al prestigio de la institución judicial en su conjunto".

El presidente ha recordado que la Sección Primera debe todavía pronunciarse sobre los recursos de súplica presentados por las partes, Abogacía del Estado, Fiscalía Anticorrupción y la acusación particular.

En sus recursos las partes hacían referencia a que la decisión de conceder la suspensión temporal del ingreso en prisión no estaba debidamente justificada.

Sobre este aspecto, Marco ha dicho que es "discutible que la decisión no se justifique", y en este caso "es posible que no se haya hecho".

El acuerdo jurisdiccional, ha añadido, se adoptó por unanimidad y el mismo es "muy tajante". "Hubiera sido conveniente explicar las razones del apartamiento del anterior acuerdo", ha finalizado.