Empadronarse en el lugar de residencia facilita la vida administrativa del ciudadano. Como explica el Ayuntamiento de Castelló, el Padrón de Habitantes es el registro administrativo donde constan los vecinos de un municipio. Sus datos constituyen prueba de la residencia en el municipio, y del domicilio donde se figura empadronado. Por ello toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón de Habitantes del municipio que resida habitualmente.

¿Cómo y dónde empadronarse en Castelló?

Requisitos de iniciación

Residir en el municipio y querer ser inscrito como vecino del mismo.

¿Dónde?

El trámite de causar alta en el Padrón Municipal será presencial por el interesado, a excepción de los menores de edad que serán representados por sus padres o tutores legales.

Oficinas municipales para presentar documentos:

a) Registro General del Ayuntamiento de Castelló, en las Casas Consistoriales de la Plaza Mayor, nº 1 (para el Distrito Centro)

Para realizar en el Distrito Centro, Plaza Mayor, nº1, el trámite de Alta en el Padrón de Habitantes, solo se podrá realizar con Cita previa, llamando al teléfono 010 si se llama desde un móvil o desde un fijo, y al 964226010 si llama desde fuera del municipio, o bien a través de la web del ayuntamiento.

b) Registros de las Juntas de Distrito, situados en los siguientes lugares: Distrito Norte, Plaza Primer Molí 1; Distrito Sur, calle Ricardo Catalá, esquina con Joaquín Márquez; Distrito Este, Avenida Hermanos Bou nº 27; Distrito Oeste, Plaza Lagunas de Ruidera s/n - Mas Blau ; Distrito Centro, Plaza Mayor nº 1; Distrito Marítimo, Paseo Buenavista, nº 28.

¿Cuándo?

Tenencias Alcaldía. De lunes a viernes de 9 a 14.00 horas

Tardes: de 16.30 a 19.00 horas los martes en Tenencia Alcaldía del Grau y los jueves Tenencia Alcaldía Centro

Horario de verano: de 1 de junio al 30 de septiembre, de lunes a viernes de 9 a 13.00 horas.

Documentación necesaria, según el caso

Empadronarse no tiene un coste económico para el ciudadano, pero debe aportar una serie de documentos, dependiendo del caso.

  • Documento Nacional de Identidad (DNI)

Para los mayores de 16 años será obligatorio para causar alta en padrón aportar el DNI. Original o copia auténtica.

  • Libro de familia o certificado de nacimiento

Para los menores de 16 años se requiere el libro de familia o el certificado de nacimiento. En el caso de que el menor tuviera DNI deberá aportar también el libro de familia (original o copia auténtica).

  • NIE junto al pasaporte o a su documento nacional de identidad en vigor

De Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte del Acuerdo sobre el espacio Económico Europeo, NIE junto al pasaporte o a su documento nacional de identidad en vigor

De otras nacionalidades, pasaporte o permiso de residencia (temporal, permanente o de larga duración comunitario). La tarjeta de residencia tendrá que estar en vigor, y expedida por autoridades españolas (La tarjeta de residencia tiene carácter preferente ante cualquier otro documento, debiendo de presentarse siempre en cualquier trámite relacionado con el empadronamiento).

  • Escritura o contrato de compraventa, o contrato de arrendamiento en vigor (aportando el último justificante del pago del alquiler)

Cuando se es titular del inmueble (propietario o inquilino) -- Escritura o contrato de compraventa, o contrato de arrendamiento en vigor (aportando el último justificante del pago del alquiler con el nombre del arrendador, arrendatario, periodo de pago y domicilio del arrendamiento), Nota del Registro de la Propiedad, Recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles de naturaleza Urbana (IBI).

  • Contrato de electricidad, gas o del suministro de agua

Cuando se es titular del inmueble (propietario o inquilino) -- Contrato de electricidad, gas o del suministro de agua, donde figure reflejada la dirección del suministro, y el nombre y apellidos del titular del contrato de suministro.

  • Empadronamiento en establecimientos colectivos: (residencias, centros de acogida, etc)

Cuando ninguno de los solicitantes sea titular de la vivienda: Si no se tienen ninguno de los documentos aludidos que justifiquen la titularidad o el uso de la vivienda a su nombre, se deberá de aportar autorización del empadronamiento en el domicilio, de la persona a cuyo nombre figuren estos documentos.

Enlaces de interés

Para acceder a la cita previa a través de la web y descargar diversos documentos puede acceder en este enlace a la sede electrónica del Ayuntamiento de Castelló.

Si lo que desea es solicitar un certificado de empadronamiento, puede informarse aquí.