Bienestar social
Familias de Castelló acogen a 49 menores y otros 83 siguen en centros: los trámites para amparar a un niño
El nuevo decreto autoriza ya la adopción de estos pequeños y adolescentes por parte del mismo núcleo familiar

Imagen de un juego infantil. / Mediterráneo

Castelló cuenta con 49 menores que residen con familias acogedoras (19) o extensas (30) --forman parte del entorno directo del niño o adolescente como pueden ser los tíos, abuelos, etc.)-- y otros 83 que todavía permanecen en centros.
El principal objetivo de este recurso es «ofrecer el sistema de protección a la infancia», destacó la consellera de Bienestar Social, Elena Albalat, quien destacó el impulso del nuevo decreto que permite que estos mismos núcleos familiares puedan acabar adoptando al menor, así como la ampliación de deducciones fiscales, la simplificación administrativa y el pago puntual de las prestaciones. Además, gracias a estas familias los niños salen, o no llegan, de los centros de menores, lo que permite su integración familiar, ya que provienen, muchos de ellos, de familias desestructuradas.
De esta forma, las personas que estén interesadas en acoger a un menor deben inscribirse en el Registro autonómico de Familias Acogedoras mediante la presentación del modelo disponible en los servicios de atención primaria del Ayuntamiento de Castelló, las direcciones territoriales en materia de protección de la infancia y la adolescencia y en la página web de la Generalitat. Luego deberán asistir a sesiones informativas que serán obligatorias.
Además, el trámite también incluye la formación y la valoración de las personas solicitantes y tanto una sesiones como las otras tienen la finalidad última de garantizar que las personas o familias que están dispuestas a acoger a menores de edad de forma altruista se encuentran en las condiciones suficientes para hacerlo y sin que haya riesgos de sufrimiento excesivo por parte del menor. Según explicaron desde la Conselleria de Bienestar Social, no existe un límite único de tiempo aplicable a todos los acogimientos.
En el caso de que el interés superior del menor lo aconseje, la nueva regulación permite que el menor permanezca con la misma familia acogedora mediante el denominado ofrecimiento de continuidad, evitando cambios innecesarios de convivencia.
La familia de acogida debe ser valorada de forma prioritaria cuando se estudia una nueva medida de protección para el menor e incluso si este desarrolla necesidades especiales durante el acogimiento, se prioriza que continúe con la misma familia, adaptando la modalidad de acogimiento si es necesario.
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