Un auto del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, sala de lo contencioso administrativo sección primera, ha dado la razón al alcalde de Vinar²s, Javier Balada, que cumplió con la sentencia de convocar un nuevo pleno por defecto en la convocatoria de uno anterior, en relación al controvertido tema de la plaza de la Mera. En esta zona es donde se está construyendo un aparcamiento subterráneo, así como una nueva plaza fruto de la venta del 10% del aprovechamiento urbanístico del PAI de Fora Forat a la urbanizadora Insogma Dos.

La resolución, que no es firme y frente a ella cabe recurso de súplica en el plazo máximo de cinco días, dice que "examinadas las alegaciones de la parte demandante --Partido Popular--, procede a la desestimación".

Así, en los fundamentos jurídicos señala que la sentencia 704/2005 "anula el pleno del Ayuntamiento de Vinar²s, únicamente por defecto en la convocatoria, entendiendo la sala que se vulneraba el artículo 23 de la Constitución respecto a los concejales recurrentes".

No se ha entrado nunca en el fondo de los asuntos debatidos, "ni en la existencia o inexistencia de licencias de obras, sino en la forma de la convocatoria del pleno", se explicita.