El Ayuntamiento ya podría estar aplicando restricciones al desarrollo de proyectos. Según el tercer punto del artículo 29 de la ordenanza, "cuando la concentración de actividades en una zona determinada o cuando las características propias de las existentes ocasionen una saturación de los niveles de inmisión establecidos, se podrá exigir limitaciones más restrictivas para nuevas instalaciones o ampliación de las existentes, pudiéndose incluso denegar la licencia de actividad".

El documento, recoge tres tipos de infracciones, con sanciones que pueden ir desde los 3.0005,06 hasta un máximo de 601.012,10 euros.