La Vilavella ha establecido una tasa de 60 euros para la celebración de matrimonios civiles en el salón de actos del ayuntamiento o en cualquier dependencia municipal. Para regular el precio público, el consistorio ha aprobado, con carácter definitivo, una ordenanza.

En el texto normativo se establece que la obligación de pagar el tributo nace desde el instante en el que se inicia la celebración de este tipo de ceremonias.

En cuanto a las personas que están obligadas a hacer frente al abono, estas serán aquellas que soliciten la boda o los padres o tutores, cuando se dé el caso de que los cónyuges sean menores de edad. No obstante, si el acto de unión no se llega a realizar, se procederá a la devolución del montante aportado mientras que las infracciones y sanciones por incumplir la ordenanza se tramitarán como establecen las normas generales de gestión, recaudación e inspección local.

Por último, fuentes municipales aseguraron que el texto normativo entró en vigor el pasado febrero y continuará vigente hasta su modificación o derogación, si llega el caso. H