El Tribunal Supremo ha admitido a trámite la demanda interpuesta por el Ayuntamiento de Segorbe por un error judicial del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana. Según fuentes municipales, el TS estima que el TSJCV dictó una sentencia “incurriendo en un error aritmético (matemático) claramente demostrable y que dio lugar a una sentencia desfavorable a este Ayuntamiento”, conteniendo “un error a simple vista detectable”.

Este se produjo sobre la valoración de una retasación realizada en el proyecto de urbanización del sector-1 residencial de la localidad, próximo a la ciudad deportiva, pues se “cometió una rotunda equivocación al señalar que la retasación realizada por el consistorio es de un 70%, cuando la realidad es que es de un 12%, dentro de los límites señalados por la Ley”. La revaloración respondía a la propia voluntad de los propietarios manifestada en una asamblea en la que decidieron que querían que las parcelas fuesen entregadas niveladas, por lo que debían realizarse importantes desmontes no contemplados en el proyecto aprobado inicialmente. El fallo del TSJCV representaba que el consistorio, que preside Rafael Calvo, debía devolver unos 600.000 euros a los dueños, considerando que la nueva tasación representaba el 70% del presupuesto de la obra. H