Medio Ambiente devuelve la pelota a Industria en cuanto a la responsabilidad para evaluar los riesgos sísmicos del proyecto Castor. Así se desprende de las declaraciones de dos de los imputados ayer en el Juzgado de Instrucción 4 de Vinaròs, que investiga las presuntas irregularidades en la concesión de la explotación del almacén de gas.

Se trata de José Manuel Escanilla Yuste, consejero técnico de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental desde el 2004 hasta la actualidad, quien redactó la declaración de impacto ambiental (DIA) del proyecto, que fue aprobada por la Secretaría de Estado de Cambio Climático el 23 de octubre del 2009.

También declaró ayer Miguel Aymerich, subdirector adjunto de la Subdirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, del 2009 al 2012, quien intervino en el expediente sobre la DIA, autorizando la propuesta de resolución de emisión por ausencia del director general. Aymerich se limitó a declarar que “no es competencia de su departamento la evaluación de los riesgos de sismicidad”. Es más, añadió que en el caso de que la actividad generara riesgos para el medio ambiente y los recursos naturales “el Ministerio de Industria tiene las atribuciones para ordenar la paralización de la actividad”.

sin competencia // Al igual que Aymerich, el redactor de la DIA manifestó que el órgano ambiental al que pertenece “no es competente para investigar el riesgo sísmico de los proyectos que se someten a su consideración y apuntó al Instituto Geológico y Minero (IGM) como el organismo entre cuyas funciones figura la de informar sobre posibles riesgos de sismicidad”, según informaron fuentes de la Asociación Nacional Arca Ibérica. Asimismo, afirmó que la legislación “no exige que la DIA contenga pronunciamientos sobre riesgo sísmico”, exigiéndose únicamente a la empresa promotora que haga referencia a esta peligrosidad.

Respecto a las alegaciones presentadas por el Observatorio del Ebro al estudio de impacto ambiental en el periodo de información pública, Escanilla explicó que se remitieron a la empresa promotora, Escal UGS, que respondió que “no aprecia razones para incluir un estudio de frecuencia de actividad sísmica”.

monitorización // La firma argumentó que, de acuerdo con la norma vigente, “las instalaciones tanto terrestres como marinas del Castor se ubican dentro de la zona de la península en la que la aceleración sísmica básica presenta un valor inferior a 0,04 grados”. Y Escal UGS se comprometió “a adoptar la medida propuesta por el Observatorio del Ebro, consistente en aplicar una monitorización sísmica, y firmar un convenio de colaboración el este organismo”. Un observatorio que años después fue quien alertó del aumento de la frecuencia de los seismos a la promotora para que parara de inyectar gas. Con esta respuesta de Escal UGS, el imputado declaró que “se dio por cerrado el tema de la sismicidad”, al considerar que era “una cuestión resuelta”. H