Nuevo giro en la investigación de la causa contra el exvicepresidente de la Diputación de Castellón y exalcalde de Vall d’Alba, Francisco Martínez, por presuntamente, aprovecharse de su cargo para obtener un beneficio económico en la compraventa de terrenos, mediante distintos negocios urbanísticos, porque tejió un entramado de empresas --Fravaltur, Gestintur y Prodever--, en colaboración con su hija, Andrea Martínez, y su socio, Raúl Babiloni. El magistrado Jacobo Pin, actual responsable del Juzgado de Instrucción número 4 de Castellón, mueve ficha para que Martínez pueda ser juzgado por un jurado popular, ya que ha solicitado que las actuaciones se transformen a procedimiento para el Juicio ante el Tribunal del Jurado.

Se da la circunstancia de que Pin es quien investiga si el expresidente de la Diputación castellonense Carlos Fabra --quien fuera número 1 de Martínez-- ocultó bienes de su patrimonio para dificultar la ejecución de la sentencia de la Audiencia de Castellón del 2013 (confirmada en 2014 por el Tribunal Supremo) por la que fue condenado a cuatro años de prisión y al pago de una multa de 1,4 millones por cuatro delitos fiscales.

Inicio de la instrucción

Después de que la Audiencia Provincial anulara en noviembre del 2019 el auto de la jueza de octubre del 2018 y solicitara al Ministerio Público que volviera a iniciar la fase de instrucción del caso --por el que reclamaba 11 años de prisión para Martínez-- para exigir una mayor concreción de los hechos y subsanar defectos hallados en la investigación, el fiscal reclamó que se efectúe el cambio a procedimiento ante el Tribunal del Jurado, así como una serie de nuevas diligencias, un escrito al que se adhirió la acusación particular.

En el auto al que ha tenido acceso este periódico, el magistrado considera que «es comprensible» que la resolución de la Audiencia «haya suscitado interpretaciones tan variadas para las partes que ni tan siquiera puedan coincidir en qué estado actual se encuentra el presente procedimiento» pero añade que «resulta evidente que la Audiencia considera que el auto recurrido no reúne los requisitos exigidos para continuar la causa con vistas a la apertura de Juicio Oral, pero también lo es que no acuerda el sobreseimiento de la misma, de lo que se desprende que sí ve indicios de delito en los hechos objeto de instrucción, pretendiendo el dictado de una nueva resolución que cumpla con las exigencias procedimentales».

El magistrado considera que concurren indicios de la comisión por parte de los investigados de varios delitos, como malversación, blanqueo de capitales y negociaciones prohibidas a funcionario. Rechaza la práctica de las diligencias solicitadas por las acusaciones y cita a las partes el 5 de febrero para concretar la imputación, solicitar el sobreseimiento o pedir la práctica de más diligencias de investigación. La defensa ha recurrido el auto judicial.

Condenado por el caso de la depuradora de Borriol en el 2016

La Audiencia de Castellón condenó en abril del 2016 a 8 meses de prisión y multa de 12.600 euros a Francisco Martínez como autor de un delito de negociación prohibida a un funcionario en el conocido como ‘caso de la depuradora de Borriol’. Para el tribunal, conocía los terrenos sobre los que iba la depuradora de Borriol y se benefició de ello. El Supremo ratificó en febrero del 2017 el fallo del tribunal castellonense, que absolvió al resto de acusados: el exalcalde de Borriol Adelino Santamaría, los dos hijos de Martínez, el empresario Raúl Babiloni, y al empleado de este último Luis García de los delitos de prevaricación, tráfico de influencias, fraude ilegal y negociaciones prohibidas.