Denuncian al Reggaeton Beach Festival por dar solo 15 días para pedir el reembolso de las entradas de Castellón
FACUA afirma que la organizadora "vulnera la normativa vigente al establecer un plazo excesivamente corto para que los afectados puedan recuperar el dinero de los eventos cancelados"

Ambiente del Reggaeton Beach Festival en Orpesa. / Mediterráneo
FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado ante la Generalitat Valenciana y el Ayuntamiento de Marbella a Cyclop 2014 SL, promotora del Reggaeton Beach Festival, por ofrecer un plazo excesivamente corto para la devolución del precio de las entradas tras anunciar la cancelación de los eventos previstos en Castellón y Marbella (Málaga).
La organizadora ha emitido sendos comunicados en los que anuncia la suspensión de ambos eventos que se iban a celebrar el 28 y 29 de junio en la ciudad castellonense y el 5 y 6 de julio en la Costa del Sol. Para el festival de Castellón, el plazo para solicitar la devolución del dinero fue del 28 de marzo al 7 de abril, mientras que para el evento de Marbella fue del 20 de abril al 5 de mayo. En ambos casos, la empresa estableció 15 días para que los asistentes pudieran solicitar el reembolso del dinero abonado por sus entradas.
La asociación entiende que dos semanas es un plazo excesivamente corto para realizar este trámite. En caso de no haber realizado la petición en dicho plazo, a los asistentes únicamente se les ofrece la posibilidad de utilizar su entrada en otro de los festivales pendientes de celebrar en otras ciudades o bien guardar la entrada para la gira de 2026. Todo ello sin la certeza de que el próximo año se vaya a celebrar el evento en las ciudades donde ya se ha cancelado la presente edición.
Incumplimiento de la normativa
El artículo 82 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, estipula con claridad meridiana que "se considerarán cláusulas abusivas todas aquellas estipulaciones no negociadas individualmente y todas aquellas prácticas no consentidas expresamente que, en contra de las exigencias de la buena fe causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato", así como aquellas que limiten los derechos del consumidor y usuario, entre otras cuestiones.
El artículo 1964.2 del Código Civil establece que "las acciones personales que no tengan plazo especial prescriben a los cinco años desde que pueda exigirse el cumplimiento de la obligación".
Por todo ello, FACUA reclama a la Generalitat Valenciana y al Ayuntamiento de Marbella que abran sendos expedientes sancionadores contra la promotora del Reggaeton Beach Festival por haber vulnerado la normativa vigente relativa a los derechos de los usuarios ante la cancelación de un espectáculo público o actividad recreativa.
Los posibles afectados por la cancelación de estos dos festivales pueden acudir a la asociación para que valore su caso, realice las correspondientes actuaciones en defensa de sus derechos y para reclamar las cantidades que sean oportunas.
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