La Generalitat y el Gobierno han alcanzado un acuerdo respecto a las discrepancias surgidas en varios artículos de la nueva ley de Radiotelevisión Valenciana (RTVV) y ambas partes consideran solventadas esas diferencias y, por tanto, concluida la controversia planteada.

Según el acuerdo de la comisión bilateral entre el Estado y la Generalitat, en relación con el artículo 46 y la Disposición Transitoria novena, las partes consideran que los procedimientos de provisión de puestos que se contienen en la misma deberán ser respetuosos con la legislación básica de aplicación en materia de oferta de empleo público y retribuciones.

También deberán respetar los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, de manera que no se excluya a terceros interesados y que la valoración de méritos no suponga "en ningún caso" una medida desproporcionada que implique una desigualdad de trato "arbitraria e incompatible" con esos principios, ni suponga restricción al derecho de todo ciudadano a acceder al empleo público en condiciones de igualdad.

Este acuerdo se refiere tanto a la contratación laboral temporal mediante bolsa de trabajo como a la provisión definitiva mediante concurso oposición.

La otra discrepancia surgida se refiere al artículo 42, en la que la Generalitat se ha adaptado a la propuesta estatal con la derogación del apartado cuarto y remitiendo su contenido a las prohibiciones de contratación establecidas con carácter general en la legislación básica.

Se trata de una cuestión técnica sobre la definición de paraísos fiscales contenida en ese apartado, en la que se ha acordado adoptar una redacción más amplia de la que recogía la ley valenciana.