La Comunitat Valenciana ha sido la primera en aumentar las restricciones de Navidad para intentar que las celebraciones típicas de comidas y cenas de Nochebuena, Navidad y Nochevieja acaben desatando una tercera ola de la pandemia.

Las novedades en las medidas, anunciadas por el presidente Ximo Puig el pasado jueves 17 a última hora de la tarde, se centran principalmente en 3 cuestiones:

  1. La Comunitat Valenciana permanecerá perimetrada. Pese a que Pedro Sánchez anunció que se permitiría la movilidad entre autonomías por motivos familiales los días 24, 25, 31 y 1, la evolución de la pandemia ha obligado a la Generalitat a mantener cerrada la C. Valenciana también esos días. Por tanto: no se podrá entrar o salir de la C. Valenciana ningún día por motivos familiares.
  2. Las reuniones sociales quedan limitadas a seis personas. Pese a que el plan para Navidades del Gobierno de España pretendía permitir reuniones familiares los días 24, 25, 31 y 1 de hasta 10 personas, los malos datos han obligado al Consell a reducir este número a un máximo de seis. Se recomienda que en los domicilios además del límite de seis personas no se junten más de dos unidades de convivientes. Este punto es solo una recomendación, aunque en un principio se barajó hacerlo obligatorio los días de Nochebuena, Navidad, Noche vieja y Año nuevo.
  3. El toque de queda será de 23 horas a 6 horas todos los días y hasta las 24 horas Nochebuena y Nochevieja.

Estas tres novedades entran en vigor el lunes 21 de diciembre y estarán vigentes hasta, al menos, el 15 de enero de 2021.

Respuestas a las dudas sobre las nuevas restricciones de Navidad en la Comunitat Valenciana

Entrar y salir de la Comunitat Valenciana: Perimetraje

Vivo en Madrid pero soy de Castelló. ¿Puedo volver a casa de mis padres por Navidad?

La respuesta es que no. La norma lo prohíbe y ese es el espíritu de la restricción. Así y todo, si València aparece en tu DNI como tu domicilio habitual podrás entrar en la C. Valenciana. Sin embargo, no podrás salir para retornar a Madrid. Al menos hasta el 15 de enero y si las restricciones no se prorrogan. Por ello, se te podría sancionar con entre 600 y 60.000 euros.

Vivo en Castelló pero mis padres están en Cuenca. ¿Puedo ir a verles en Navidad?

La normativa lo prohíbe. De nuevo y como en la pregunta anterior, si en tu DNI aparece Cuenca como tu domicilio habitual podrás salir de la C. Valenciana. Sin embargo no te estará permitido regresar.

¿Hay alguna excepción en las nomas para entrar o salir de la C. Valenciana?

El decreto del 30 de octubre estableció las excepciones por las cuales se puede entrar o salir de la Comunitat Valenciana mientras dure el perimetraje:

  • Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
  • Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
  • Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.
  • Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.
  • Asistencia y cuidado a personas mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
  • Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.
  • Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.
  • Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
  • Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
  • Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.

Número de personas que pueden juntarse

¿Con cuántas personas puedo quedar a comer del 21 de diciembre al 15 de enero?

La normativa vigente regula que el número máximo de personas que pueden reunirse es de seis. La indicación es para cualquier tipo de reunión y en cualquier tipo de espacio, ya sea de carácter privado o público como un bar o restaurante.

¿Cuántas personas pueden cenar y comer juntas en una casa en Nochebuena o Navidad?

La norma de las seis personas es para todos los días del 21de diciembre al 15 de enero. Por tanto, durante todo el 24 y el 25 de diciembre solo podrán reunirse seis personas, tanto en un domicilio privado como en la terraza de un bar o restaurante.

¿Las reuniones los días señalados solo pueden ser de dos "unidades de convivientes"?

No. El decreto publicado con la última normativa solo recomienda que no se junten en los domicilios más de dos unidades de convivientes, pero lo deja en una recomendación.

Tengo dos hijos que viven fuera de casa y no somos convivientes, ¿pueden venir a comer o cenar a casa?

Sí, siempre que no seáis más de seis personas. La norma recomienda que sean dos unidades, pero solo es una recomendación.

He visto un cartel de la Generalitat que dice que en las reuniones solo puede haber dos unidades de convivencia

Cartel de medidas covid del 21 diciembre.

El cartel existe y es oficial, pero es incorrecto. En un principio se acordó y tanto el presidente Ximo Puig como la vicepresidenta Mónica Oltra explicaron que los días 24, 25, 31 y 1 las reuniones de seis personas quedaban además limitadas a que solo podían ser de dos unidades de convivencia los días festivos (24, 25, 1 y 31). Sin embargo, la norma que acabó publicándose en el DOGV cambiaba sustancialmente las indicaciones. De ahí que aunque el cartel sea real, no esté correcto.

La norma que finalmente se publicó solo recomienda y no restringe, por lo que no está prohibido que haya más de dos unidades de convivencia comiendo o cenando, siempre que no se supere el número de seis personas. Es una recomendación, sin embargo, que se debe intentar cumplir para no propagar el virus y no correr riesgos innecesarios. La recomendación, además, está realizada para espacios privados como los domicilios particulares, pero no para los espacios públicos como bares o restaurantes.

¿Y si la reunión es al aire libre?

La norma de las seis personas no admite excepciones. Tanto en espacios abiertos como cerrados, públicos y privados.

En mi casa vivimos más de seis personas ¿podemos ir a comer a un restaurante?

Por supuesto. Las reuniones de más de seis personas están autorizadas para aquellos que sean convivientes. Por ejemplo una pareja con cuatro hijos que viva con los abuelos.

Hora límite para estar en la calle: Toque de queda

¿A qué hora es el toque de queda en la C. Valenciana?

Hasta el domingo 20 de diciembre, el toque de queda está establecido a las doce de la noche y dura hasta las seis de la mañana. Del 21 de diciembre al 15 de enero será de once de la noche a seis de la mañana. El 24 de diciembre y el 31 de diciembre, Nochebuena y Nochevieja, el toque de queda será algo más permisivo y se podrá circular por la calle hasta las doce de la noche.

¿Puedo estar a las 23.15 horas en la calle si voy de camino a mi casa?

No. Debes calcular con antelación el tiempo que te llevará regresar y salir con antelación del lugar en el que estés.

¿Si el toque de queda es a las doce de la noche el día de nochevieja no podemos comernos las uvas en el domicilio o restaurante que celebremos la Nochevieja?

No. Debes terminar la cena antes y acudir a tu domicilio habitual para estar en él antes de las doce de la noche.