La Conselleria de Educación prevé dedicar el próximo curso 73,4 millones de euros en ayudas de comedor escolar en la Comunitat. Según los últimos datos del Ministerio de Educación, un total de 13.356 alumnos de la provincia de Castellón se benefician en un curso de ayudas de este tipo. Se está a la espera aún de conocer cuántos lo serán el próximo ejercicio.

Según la Conselleria, el plazo ordinario para presentar la solicitud para el próximo curso 2021-2022 se cerró ya en julio, tanto para Infantil y Primaria, como en el caso de la Enseñanza Secundaria Obligatoria (ESO), coincidiendo en ambos casos con el cierre del periodo de formalización de la matrícula en esta etapa.

Según el anuncio publicado en el Diari Oficial de la Comunitat para Educación Infantil, Primaria y Secundaria Obligatoria la ayuda es de hasta 4,25 euros por comensal y día, la misma cantidad que en el curso anterior. En el caso de la Educación Especial el importe se eleva hasta los 5,44 euros. El montante más elevado es el de quienes asisten a la escuela-hogar, en que asciende hasta 12,25 euros. Precisamente este es el precio máximo al que podrá ascender el precio del menú escolar en los centros docentes de titularidad de la Generalitat valenciana.

La Conselleria además ha fijado los umbrales de renta anual disponible per cápita. Según estos, la máxima puntuación será de 20 puntos, para hasta 393 euros de renta per cápita. Quienes estén en la horquilla de 393,01 a 786 euros sumarán 19 créditos. Tendrán 18 los que estén entre 786,01 a 1.179 euros. 17 tendrán los que se hallen entre 1.179,01 a 1.572 euros. Puede consultarse el resto de baremos en el Diari Oficial número 9106.

Además, la Conselleria valorará las circunstancias sociofamiliares especiales del alumnado. De acuerdo con la puntuación otorgada en este apartado, por cada uno de los conceptos debidamente acreditados por medio del original o una copia compulsada de los certificados o documentos con validez oficial, se otorgarán una serie de puntos.

Por ejemplo, dos puntos, si se es huérfano absoluto. Un punto se obtendrá si se es refugiado, hijo de familia monoparental, padre, madre o tutor toxicómano, alcohólico o recluso, miembro de familia numerosa, miembro de la familia con diversidad funcional igual o superior al 33% o si los progenitores o tutores están en paro y no perciben ninguna prestación. También obtendrá un crédito si el alumno está escolarizado en un centro de acción educativa singular CAES. Los centros consultarán la información económica de los solicitantes con los datos de la Agencia Tributaria.

Una vez baremadas las solicitudes, por la comisión de valoración y determinada la puntuación que corresponda a cada ayuda, en función de la información sociofamiliar introducida informáticamente por los centros educativos y la facilitada de oficio por los respectivos órganos competentes, se comunicará, a través de la aplicación ITACA, a los centros educativos el listado provisional de solicitudes con la puntuación así como aquellas que contienen errores u omisiones. Cada centro podrá descargar este listado provisional, que será expuesto en el tablón de anuncios del centro y contendrá únicamente la puntuación obtenida o el motivo de la exclusión de la solicitud para no vulnerar la protección de datos. Los interesados tendrán diez días para poder enmendar las deficiencias observadas y hacer alegaciones oportunas. También se comunicará quiénes son beneficiarios directos de las mismas. Los pagos se harán mensuales en las cuentas de los centros con la justificación correspondiente.

Hay alumnos que son beneficiarios directos de la ayuda de Conselleria

Hay una serie de alumnos que son beneficiarios de forma directa de la ayuda de comedor escolar. Es por ejemplo el caso de aquellos que cursan segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria o Secundaria Obligatoria en los centros educativos dependientes de la Generalitat, que haya sido escolarizado obligatoriamente en un centro de un municipio diferente al de su residencia, por no existir en este, oferta educativa. También quienes están en centros específicos de Educación Especial de titularidad de la Generalitat, o en aulas específicas de Educación Especial en centros ordinarios de titularidad de la Generalitat, privados concertados o de titularidad pública diferente de la Generalitat. También lo son los menores en situación de acogida familiar o residencial, así como los hijos o las hijas de familias acogedoras; los que son hijos de víctimas de violencia de género o víctimas de terrorismo, así como o destinatario de la renta valenciana de inclusión, entre otros.