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El juez y el fiscal frenan el intento de una acusación de iniciar una inquisición general de las decisiones de Igualdad desde 2016

Una asociación pedía obtener todas las «actuaciones secretas reservadas» de la conselleria de 2016 a 2018, las contrataciones con el Centro Niño Jesús y el Instituto Espill y las comunicaciones de los investigados desde 2017

La exvicepresidenta Mónica Oltra en una imagen captada el pasado 17 de junio, junto a miembros de su equipo. Miguel Angel Montesinos

El magistrado del Juzgado de Instrucción 15 y el Fiscal han frenado el intento de la asociación Gobierna-te de iniciar una inquisición o causa general de los expedientes reservados iniciados por la Conselleria de Igualdad de 2016 a 2018. La asociación Gobierna-te ejerce la acusación popular en el caso que investiga la gestión de la Conselleria de Igualdad del caso de los abusos de una menor tutelada por el monitor Luis Ramírez Icardi, exmarido de Mónica Oltra

La entidad, defendida por Pablo Delgado abogado de Francisco Camps, solicitó el 21 de marzo pasado una serie de diligencias, que solo fueron admitidas en parte. El juez aceptó, a petición de la Fiscalía, recabar a través de la Brigada Provincial de Información de la Policía Nacional el expediente de protección de la menor tutelada, iniciado en 2008, el de medidas judiciales sobre el caso de los abusos y el informativo abierto por la Conselleria de Igualdad. Este expediente es el que forma parte de la pieza separada secreta que el magistrado de Instrucción 15 decidió abrir el 27 de abril y sobre el que ayer decidió levantar el secreto del sumario.

La asociación Gobierna-te solicitaba incorporar a la causa «las actuaciones secretas reservadas previas y posteriores» al expediente de la menor que se investiga en la causa «que se hayan efectuado en las direcciones territoriales de Castelló y València” en los años 2016, 2017 y 2018». También los expedientes de contratación administrativa del Centro Niño Jesús y el Instituto Espill entre 2015 y 2022. Además de incorporar “las comunicaciones por cualquier modo efectuadas entre los investigados y otros posibles actuantes desde 2017 hasta la actualidad” para el que solicitaban un “informe de inteligencia policial y pericia de comunicaciones”. 

La respuesta del juez y el fiscal de Instrucción 15 a estas peticiones fue admitir la incorporación del expediente de la menor que sufrió los abusos pero frenar en seco el resto de diligencias. «No se alcanza a vislumbrar qué utilidad para la investigación pudieran tener los expedientes de contratación relativos al Hogar Niño Jesús. De hecho, ni el escrito lo precisa. Otro tanto cabe decir en cuanto a los referidos al Instituto Espill», asegura el magistrado en el auto del 6 de junio que autorizaba la comparecencia policial en la Conselleria de Igualdad. 

El fiscal del caso también señalaba sobre los expedientes de contratación solicitados que «ni se alcanza qué utilidad para la investigación pudieran tener, ni el escrito lo precisa, por lo que su unión a unas actuaciones ya excesivamente voluminosas redundaría más bien en perjuicio neto para la instrucción». 

Sobre las «irregularidades en la contratación del Instituto Espill que [la acusación popular] parece deslizar en su escrito, serían ajenas al recto entendimiento del objeto del presente proceso», responde el fiscal a la información incluida por Gobierna-te en su petición de diligencias sobre la presunta prórroga ilegal de la contratación del Instituto Espill para realizar evaluaciones psicológicas a menores víctimas de abusos sexuales. 

Por ello, tanto el magistrado y el fiscal emplazan a la acusación popular a que «ejerza las acciones de cualquier clase que tenga por oportunas en relación con las irregularidades» denunciadas. «Las mismas serían ajenas al objeto del presente proceso», apuntala el magistrado. Unas afirmaciones que ambos juristas hacen extensibles a «las insinuaciones de carácter delictivo de determinadas conductas procesales de una investigada» a la que acusaban de los presuntos delitos contra la administración pública e infidelidad de la custodia de documentos« por su "espuria aportación inagotable de expedientes ajenos a su interés legítimo de defensa [que] descubre la inobservancia de su deber de celo y diligencia debida al aportarlos, sin haber sido exhortada por el juez, [lo que vulnera la custodia de los mismos". 

Por último, respecto a la petición de incorporar las comunicaciones de los 14 investigados (funcionarios de Igualdad, dos trabajadores del Hogar Niño Jesús y la propia Oltra) la Fiscalía considera que esta petición es »manifiesta y groseramente desproporcionada con el objeto de la investigación, por no hacer mención de las dificultades, presumiblemente ingentes, que acarrearía su cabal manejo«. Sobre el "expurgo policial" que la acusación popular proponía para salvaguardar la intimidad de los intervinientes, el magistrado y el Ministerio Público responde a la asociación Gobierna-te que "la salvaguardia policial que pretende incorporarse a través del 'expurgo policial' resulta insuficiente a la inexcusable protección de los otros derechos e intereses que habrían de verse afectados".  

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